Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • SI EN CONTRATO DICE A LA VISTA PUEDO COMPLETAR LUEGO UN VTO

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1049866  por fededet
 
Hola si en un contrato dice que el deudor entrega un pagare a la vista, luego si le pido que me lo de sin completar fecha de vencimiento, puedo ponerle yo la fecha de vencimiento? porque en realiadad si el cntrato dice a la vista, y luego el pagare tiene una fecha de vencimiento completada por mi estaria en contradiccion el contrato con el pagare que ya no es mas a la vista sino con vencimiento.
saludos y gracias
 #1050116  por rodolfo603
 
me parece que estarias incurriendo en un error, porque lo desconectarias del contrato.- Estoes si el contrato dice pagare a la vista y vos tenes un pagare con vencimiento, estas hablando de dos pagares distintos.- Hay que ver cual es tu intencion para hacer eso.- Por eejemplo, ponerle una fecha vieja para hacer crecer los intereses??
 #1050903  por fededet
 
HOLA, perdon por mi desconocimiento, esta pregunta es porque segun lei, la prescripcion del pagare a la vista, es un año desde la fecha de creacion, osea si en un contrato que doy un prestamo y lo tienen que devolver en 10 años, y por ejemplo como fecha de creacion es 1 de enero de 2014, entonces si en el contrato de prestamo pongo que me entregan un pagare a la vista pero la fecha de creacion del pagare sera el 1 de enero de 2014, y como es a la vista y no le pongo vencimiento el pagare no lo podre ejecutar luego del 2 de enero de 2015? no entiendo bien el tema de las prescripciones, del pagare a la vista o del pagare con vencimiento, tampoco entiendo si la prescripcion es para presentar el pagare para ejecutarlo o la prescripcion es una vez que esta iniciado el expediente.

saludos y gracias
 #1051097  por rodolfo603
 
Fijate la jurisprudencia y doctrina de este link http://excepciondefalsedad.blogspot.com.ar/
De acuerdo a l que yo interpreto, al vincularlo al contrato de 10 años , se esta ampliando convencionalmente el plazo de prescripcion.- La prescripcion de la ccion cambiaaria solo corre a a partir de la presentacion al pago.-