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  • ART O OBRA SOCIAL. MULTA ART. 10 24013

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 #1051511  por varanmaster
 
Hola, quería ver si podían orientarme un poco con una consulta que llego al estudio. Una persona que trabaja en una inmobiliaria, al año de ingresar le diagnostican hernia de disco por lo que es operada y entra en licencia,pero es tratada siempre por la obra social. Posteriormente la vuelven a operar ya que la 1º operación no sale bien y entre nuevamente en licencia. Posteriormente se reincorpora al trabajo con jornada reducida por prescripción medica. A partir de ese momento el empleador le hacer firmar recibo de salarios sin percibirlos realmente abonandole solamente comisiones por las operaciones concretadas. Las dudas son 2:
1) Corresponde intimar al empleador que denuncie a la ART la enfermedad de la empleada así la misma comienza a ser tratada por ART y no por obra social. Es posible o ya es tarde para eso?.-
2) Respecto a que desde el año 2008 a la fecha firma recibo de haberes y no percibe monto alguno, solo le pagan comisiones corresponde aplicar la multa del art. 10 Ley 24.013 o no es caso para aplicar esta multa?. En caso de no corresponder, intimo a que abone salarios caídos atento que la presionan a firmar recibo de salarios por importes que no percibe ya que solo le son abonadas comisiones por operaciones concretadas?. Gracias, cualquier ayuda me va a venir bien. Saludos