Colegas, celebré un convenio de mediación, y a mi cliente le entregaron en pago de la suma convenida, un cheque que fue rechazado por "El instrumento no es cheque".
Tengo la opción de ejecutar el cheque, pero me parece más interesante ejecutar el convenio de mediación, toda vez que el dies a quo de los intereses es muy anterior (tardaron bastante en entregarle el cheque).
NO veo obstáculo al efecto, dado que el cheques es una mera orden de pago, no el pago en sí mismo, por lo que no tiene efecto novatorio ni cancelatorio de la obligación (en este último caso, solamente si se acredita el cheque).
Gracias desde ya por vuestros valiosos comentarios.
Tengo la opción de ejecutar el cheque, pero me parece más interesante ejecutar el convenio de mediación, toda vez que el dies a quo de los intereses es muy anterior (tardaron bastante en entregarle el cheque).
NO veo obstáculo al efecto, dado que el cheques es una mera orden de pago, no el pago en sí mismo, por lo que no tiene efecto novatorio ni cancelatorio de la obligación (en este último caso, solamente si se acredita el cheque).
Gracias desde ya por vuestros valiosos comentarios.
Antes de preguntarte si podrías conseguir algo para tu cliente, preguntate si deberías hacerlo, esto es, si es justo, según tu conciencia. Sos el primer juez de la causa...
