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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1051442  por millonaria2014
 
Hola a todos tengo el siguiente caso, " un cliente está trabajando en relación de dependencia en un organismo privado, tiene un sueldo aproximado de $ 16.000 , obtuvo la jubilación esté mes y el mensual es de $ 4.400. La pregunta es 1- si la persona tiene derecho a continuar trabajando y de que ley surge ese derecho 2- si puede rechazar ese beneficio , es decir no percibir , plantear recurso de reconsideración - error material y hasta tanto se resuelva conservar el puesto . Muchas gracias por la ayuda.
 #1051445  por abim
 
art 19 ley 24241?...tu cliente es hombre o mujer?
 #1051446  por hugo2
 
millonaria2014 escribió:Hola a todos tengo el siguiente caso, " un cliente está trabajando en relación de dependencia en un organismo privado, tiene un sueldo aproximado de $ 16.000 , obtuvo la jubilación esté mes y el mensual es de $ 4.400. La pregunta es 1- si la persona tiene derecho a continuar trabajando y de que ley surge ese derecho 2- si puede rechazar ese beneficio , es decir no percibir , plantear recurso de reconsideración - error material y hasta tanto se resuelva conservar el puesto . Muchas gracias por la ayuda.
No.
 #1051455  por abim
 
millonaria2014 escribió:Mi cliente es mujer, quiere seguir trabajando hasta que se resuelva el recurso o hasta los 65 años y quería saber si hay alguna normativa que que contemple el derecho a continuar , gracias
Art 19 ley 24241....Tiene derecho a seguir trabajando hasta que cumpla los 65 años, sin importar -para su caso- que esté percibiendo su jubilación.
No hay que rechazar el beneficio jubilatorio ni hacer recurso de ninguna índole.
Hacele un telegrama ley -gratuito- a la empresa indicándole que opta por continuar trabajando conforme lo establece el art. 19. Mencionale el número de beneficio para que los aportes y contribuciones los hagan en su condición de jubilada.
Si el empleador la despidiera por su edad jubilable, tiene derecho a todas las indemnizaciones de un despido sin justa causa.
 #1051498  por millonaria2014
 
Hola ,con relación a la trabajadora jubilada que quiere seguir trabajando ,el art.19 Ley 24241, habla de la opción para solicitar la jubilación cuando cumpla los 65, pero no dice que puede como jubilada continuar hasta los 65 años.- Es una interpretación o algún caso de jurisprudencia?.- Muchas gracias
 #1051607  por zaffaroni
 
millonaria2014 escribió:Mi cliente es mujer, quiere seguir trabajando hasta que se resuelva el recurso o hasta los 65 años y quería saber si hay alguna normativa que que contemple el derecho a continuar , gracias
millonaria2014 escribió:Hola ,con relación a la trabajadora jubilada que quiere seguir trabajando ,el art.19 Ley 24241, habla de la opción para solicitar la jubilación cuando cumpla los 65, pero no dice que puede como jubilada continuar hasta los 65 años.- Es una interpretación o algún caso de jurisprudencia?.- Muchas gracias
otra vez sopa :?: escucheme una cosa reverenda caradura ya le dije en otro post que se ponga a estudiar *leo* *leo* si pretende ejercer mi profesion, sino derive el caso de un abogado que sepa lo que tiene que hacer. no me desafie mas sinverguenza, deje de estafar gente
 #1051618  por reyleon
 
Les recuerdo que soy un pichi, y que de derecho del trabajo no sé más que lo que aprendí en la facu.

¿El CT no se extingue por percibir alguno de los beneficios de la 24.241, a tenor de lo establecido en el 252 LCT? ¿que segunda interpretación pueden hacer de ese art.?

Saludos... G.
 #1051619  por zaffaroni
 
reyleon escribió:Les recuerdo que soy un pichi, y que de derecho del trabajo no sé más que lo que aprendí en la facu.

¿El CT no se extingue por percibir alguno de los beneficios de la 24.241, a tenor de lo establecido en el 252 LCT? ¿que segunda interpretación pueden hacer de ese art.?

Saludos... G.
no hay nada que interpretar porque la cuestion esta clarita en la ley *leo* . el problema radica en que aca viene cualquier gestortrucha a preguntar cualquier banana, hay que desinfectar este foro porque esta lleno de ratas pululando :mrgreen: