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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1052096  por mariaemilia12
 
Estimados, soy nueva en esto y no se como encarar esta cuestion. Mi cliente tiene un empleado al cual le dà vivienda en la misma construccion que este realiza trabajos de construccion menores, como refaccion, limpieza, manutencion. Mi cliente le paga por semana 1000pesos. el empleado nunca estuvo en blanco y no es su intencion regularizarlo. Solo quiere hacerle algun contrato por el cual el acredite que este muchacho de vez en cuando realiza trabajos, ya que no esta sujeto a condiciones horarias ni subordinacion hacia mi cliente, pero inclusive mi cliente quiere EXIMIRSE de toda responsabilidad por posible accidente causado en la obra. Esto se puede hacer?como deberia insertar dicha clausula?
y por la habitacion que le da, pensaba realizar un comodato con lanzamiento algun modelo a disposicion?
 #1052169  por andresxeneizes
 
Solo quiere hacerle algun contrato por el cual el acredite que este muchacho de vez en cuando realiza trabajos, ya que no esta sujeto a condiciones horarias ni subordinacion hacia mi cliente
para mi es contradictorio el hecho de que "le da trabajos", con que "no haya subordinacion", si le da trabajos aun cuando le diga hacelos cuando quieras hay subordinacion y es una relacion laboral.

en todo caso, podria verse de hacer un contrato de locacion de obra, con comodato, pero bueno hay que instrumentar bien esto, porque el empleado podria tambien luego denunciar el fraude del contrato e intimar por regularizacion y todo lo demas que sigue despues de eso
 #1052210  por DRA. MACA
 
Presunción de la existencia del contrato de trabajo

Art. 23.-- El hecho de la prestación de servicios hace presumir la existencia de un contrato de trabajo, salvo que por las circunstancias, las relaciones o causas que lo motiven se demostrare lo contrario. Esa presunción operará igualmente aun cuando se utilicen figuras no laborales, para caracterizar al contrato, y en tanto que por las circunstancias no sea dado calificar de empresario a quien preste el servicio.



No me meteria en un asunto asi por mas que lo instrumentes como se te antoje no asegura de que el trabajador no le haga juicio y tu cliente tiene todas las de perder.
 #1052411  por flux
 
Lo que es peor es inclusive hacer un contrato de ese tipo, porque encima le terminas dando mas pruebas del hecho al trabajador clandestino y ya ni puedas siquiera negar que lo conoces