Hola, no soy abogado y les pido disculpas pero necesito algún consejo, tuve un accidente y fui dado de alta el 8 de marzo, solicite turno en comisión médica porque seguía con dolores y me es otorgada para el 13 de junio, dentro de ese periodo me tome vacaciones y trabaje, la comisión médica resuelve que tengo que reingresar a la art para continuar tratamiento, ya fui dado de alta nuevamente y esta ves con incapacidad, la consulta es la siguiente: al haber ingresado nuevamente por el mismo accidente, todo lo transcurrido entre el 8 de marzo y el dictamen de comisión queda dentro del periodo de accidente de trabajo?, puedo yo volver a reclamar mis vacaciones y la diferencia monetaria de los sueldos? Si no es mucho pedir, donde figura que tengo ese derecho? Desde ya muchas gracias.
Si ofendo a alguien por no ser abogado le pido disculpas, realmente no ley las reglas del foro
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