Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Consulta

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1053261  por Martinfiberman
 
Colegas: Tengo un cliente que fue despedido verbalmente hace un año de una empresa. Trabajo en negro. Ahora vino a consultarme. Les pregunto, para ver que me conviene hacer ya que nunca me ocurrió que vinieran tanto tiempo después. Intimo a la empresa como si la relación estuviera vigente por "negativa de tareas" y ademas intimo a que registre debidamente la relación laboral, para poder considerarlo despedido e ir por la 24.013 y art 2 de la 25.323, ya que es trabajo en negro o intimo a que abone la indemnización ya que fue despedido verbalmente y en ese caso intimar por la 25.323 art 1? Interpreto que debería hacer la segunda opción, pero por las dudas les consulto. Reitero, nunca me paso que venga alguien tanto tiempo después. Gracias.