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  • silencio empleador intercambio epistolar sin poder

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
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 #1053452  por LICHA2014
 
mi pregunta es si el empleador al momento de contestar telegrama lo hace por medio de un colega sin poder al momento se configura el silencio? el tema es mas complicado y paso a contarles: remito telegrama x, empleador me contesta por intermedio de un abogado que menciona tener poder pero no enuncia nUMEro de registro de escritura etc. yo rechazo telegrama y atento al principio de buena fe intimo a que conteste nuevamente y explique quien es y si tiene poder lo invoque!!, me contesta sin mencionar que poder tiene y lo vuelvo a rechazar y me doy por despedido por silencio, vale aclarar que estaba bajo apercibimiento. luego al contestar la demandada, lo hace otro abogado y adjunta poder pero en el mismo también figuraba el colega que había contestado los telegramas, pero el hecho curioso es que el poder tiene fecha de haber sido otorgado un año después de haber contestado las cartas. mi duda surge por que el juez no me da la razón y estoy por casar la sentencia. es decir me parece que va en contra del principio de buena fe, de seguridad jurídica, protectorio etc. que den por validas las cartas documentos en un intercambio epistolar laboral enviadas por quien no tiene poder en ese momento!! QUE OPINAN UDS. GRACIAS!
 #1053462  por LICHA2014
 
LICHA2014 escribió:mi pregunta es si el empleador al momento de contestar telegrama lo hace por medio de un colega sin poder al momento se configura el silencio? el tema es mas complicado y paso a contarles: remito telegrama x, empleador me contesta por intermedio de un abogado que menciona tener poder pero no enuncia nUMEro de registro de escritura etc. yo rechazo telegrama y atento al principio de buena fe intimo a que conteste nuevamente y explique quien es y si tiene poder lo invoque!!, me contesta sin mencionar que poder tiene y lo vuelvo a rechazar y me doy por despedido por silencio, vale aclarar que estaba bajo apercibimiento. luego al contestar la demandada, lo hace otro abogado y adjunta poder pero en el mismo también figuraba el colega que había contestado los telegramas, pero el hecho curioso es que el poder tiene fecha de haber sido otorgado un año después de haber contestado las cartas. mi duda surge por que el juez no me da la razón y estoy por casar la sentencia. es decir me parece que va en contra del principio de buena fe, de seguridad jurídica, protectorio etc. que den por validas las cartas documentos en un intercambio epistolar laboral enviadas por quien no tiene poder en ese momento!! QUE OPINAN UDS. GRACIAS!
por favor alguien que ayude!!! jajaja y feliz día para todos mañana!!