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 #1053854  por luciana162
 
DIVORCIO EN PCIA DE BUENOS AIRES

La contraria inicio divorcio por el art 214 inc 2. Tengo audiencia de conciliación con mi cliente. En esa audiencia tengo que realizar la reconvención, si quiero convertirlo en contradictorio..... ? o mi cliente puede negar alli el divorcio y luego me hacen traslado.....?
 #1053905  por legalescom
 
¿Porqué no aceptarías el divorcio de tu cliente en tales términos?