Buenas noches:
Tengo mi primer causa penal en curso (caba), y soy defensa, sobreseyeron a mi cliente, el fiscal nunca acuso, y siguio la querella, llego hasta casación por queja por casación denegada y se la otorgaron...., tengo la audiencia del art. 465, mi consulta es: en su momento solo fui a cámara por apelar las costas por su orden, y después nada más pues fue sobreseído, debo ir a la audiencia, no?, tengo que participar del debate y refutar los fundamentos de la querella?
o solo presenciarla por el ppio del debido proceso y derecho de defensa?
perdón por mi ignorancia, pero nunca llegue a estas instancias.
muchas gracias por los que me puedan ayudar.
Tengo mi primer causa penal en curso (caba), y soy defensa, sobreseyeron a mi cliente, el fiscal nunca acuso, y siguio la querella, llego hasta casación por queja por casación denegada y se la otorgaron...., tengo la audiencia del art. 465, mi consulta es: en su momento solo fui a cámara por apelar las costas por su orden, y después nada más pues fue sobreseído, debo ir a la audiencia, no?, tengo que participar del debate y refutar los fundamentos de la querella?
o solo presenciarla por el ppio del debido proceso y derecho de defensa?
perdón por mi ignorancia, pero nunca llegue a estas instancias.
muchas gracias por los que me puedan ayudar.