Hola a todos:
quisiera saber si una escribanía donde se celebra la constitución de un mutuo hipotecario puede estar habilitada para el cobro de de las cuotas pactadas?? De no ser así, donde le conviene al deudor consignar el pago para evitar futuros reclamos por parte de la acreedora por falta de pago?
quisiera saber si una escribanía donde se celebra la constitución de un mutuo hipotecario puede estar habilitada para el cobro de de las cuotas pactadas?? De no ser así, donde le conviene al deudor consignar el pago para evitar futuros reclamos por parte de la acreedora por falta de pago?