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  • Discrepancia entre certificado trabajador y empleador.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1054071  por fer42
 
Estimados Colegas, soy jovén, recién lanzado a esta profesión. Tengo un caso particular en donde una clienta fue despedida por supuesto abandono de tareas, cuando en realidad padecía de carpeta médica por stress, toda la patología fue notificada a la patronal via telegrama obrero, de hecho la trabajodra cumplió con los examenes galenicos exigidos por la patronal, pese a ello la despiden argumentando que su enfermedad no impedía que ella siga prestando tareas, por ende tomaron sus ausencias como injustificadas y la despiden.
considero, que si bien no hay una norma que en forma directa haga alusión a tal divergencia, por imperio del pricnipio de conservación de empleo , principio de buena fé, indubio pro operario, el despido canalizado por arbitrio exclusivo de la patronal es abusivo, entiendo que lo idoneo debería haber recurrido al examén de un 3er galenico imparcial.
Sus opiniones serán muy valiosas, aguardo su respuestas.
Saludos cordiales.-
 #1054471  por pepecurdele
 
no es lo mismo abandono de tareas, que despido por faltas injustificadas. Asi que tendrias que aclarar lo que textualmente le manifestaron en la comunicacion del distracto, no te olvides colega que en materia de derecho laboral eso es FUNDAMENTAL.
 #1054749  por pepecurdele
 
estimado entiendo que tenes todas las de ganar, ello entre otras cosas es que la medida que tomo la empleadora es injustificada teniendo en cuenta que el despido es la ultima ratio y podrian haber tomado otro tipo de medidas si consideraban que la enfermedad no le impedia a la trabajadora cumplir con su debito laboral, entre ellas te menciono no pagarle los haberes. Asi que llegado el juicio por despido quien tiene que probar la causal de despido en tu caso es la empleadora y en el caso tuyo no solamente eso sino que esa causa era justa y de una magnitud que impedia la prosecucion de la relacion laboral.