Hola colegas ,tengo un problema y necesito realizar una consulta. Me regulan honorarios en un divorcio y mi cliente esta ausente y regresa dicha cédula sin diligenciar atento que nadie responde a los llamados del Oficial Notificador. Es necesario que solicite el libramiento de una nueva cédula bajo responsabilidad de parte para que quede debidamente notificado de dicha regulación? ( es lo que pretendo hacer). Supongo que su intensión es no pagar y seguro con posterioridad deberé iniciar la ejecución de honorarios y embargar su sueldo.
Por favor alguien podrá orientarme si este es el camino correcto?
Gracias.
Por favor alguien podrá orientarme si este es el camino correcto?
Gracias.