Hola les consulto por un caso de una trabajadora de maestranza, tercerizada, que trabajaba para una autopartista, recibe hace un mes una suspension de la empresa de maestranza por 30 dias alegando que la autopartista necesitaba reducir costos y que no contaban con vacante disponible. la sra. vino recien hoy, porque se presento a trabajar y le negaron trabajo, por tanto conteste la cd le rechace la suspencion, solicite se abonen salarios devengados bajo apercibimiento de despido e intime ademas por negativa de tareas a aclare sutuacion laboral y provea trabajo bajo apercibimiento de despido. y de esto envie copia a la empresa donde prestaba servicios....
que opinan es correcto mi razonamiento o tienen una reglamentacion especial estas empresas, yo busque y no encontre nada entiendo que no es trabajo eventual, espero opiniones.-
gracias
que opinan es correcto mi razonamiento o tienen una reglamentacion especial estas empresas, yo busque y no encontre nada entiendo que no es trabajo eventual, espero opiniones.-
gracias