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  • Locación. Duda!

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 #1055437  por lolo37
 
Colegas,tengo una duda acerca de un contrato de locación: ¿en los juicios de desalojo, se podría invocar un contrato de locación verbal con principio de ejecución y ante el incumplimiento de pagos solicitar el mismo? Es decir, son permitidos los contratos de locación verbal para fundar un demanda de desalojo? Cuanto tiempo aproximadamente tarda su tramitación hasta lograr el desalojo?
 #1055443  por legalescom
 
Puede prosperar un desalojo, invocando un contrato de locación verbal. Todo es cuestión de prueba. Términos del contrato, plazo, monto, pago, testigos, documentos, recibos, etc. etc. Ante todo intimar, por carta documento, lo que correspondiere (pagos de alquileres adeudados, desalojo por vencimiento de contrato, etc. etc.) El tiempo del pleito dependerá de distintas contingencias, nada es previsible. Estudiá el tema en profundidad. Te damos una pista, no pretendas que te resolvamos la cuestión
 #1055445  por legalescom
 
Tené en cuenta que, la Lay 23.091, establece: "Instrumentación. Los contratos de locaciones urbanas, así como también sus modificaciones y prórrogas, deberán formalizarse por escrito. Cuando el contrato no celebrado por escrito haya tenido principio de ejecución, se considerará como plazo el mínimo fijado en esta ley y el precio y su actualización los determinará el juez de acuerdo al valor y práctica de plaza.
 #1055453  por lolo37
 
Gracias por su respuesta legalecom.
El tema es que en este caso existe contrato de locación por escrito pero solo consta la firma certificadas del inquilino y garante. Es por ello que en vista al reclamo que pretende el locador me surgía la duda si en esas condiciones prosperaría (según la interpretación que pueda llegar a efectuar el juez) como un contrato verbal haciendo lugar a una demanada de desalojo inmediato por falta de pago. Que opina?
Pruebas hay suficientes: testigos, recibos, cartas documentos (solicitando el pago -varias -y la última por la cual se rescinde por incumplimiento de dos periodos), el contrato con el sellado correspondiente, pero con las firmas del garante y del inquilino nada más.
Cree que prosperaría rapidamente el desalojo o será medio engorroso. Le consulto para evaluar si es conveniente ceder un poco en lo que adeudan los inquilinos y no llegar a una instancia en la que se tardaría mucho en desalojarlos.
Desde ya le agradezco su predisposición para responder!
 #1055455  por DrDaniel
 
A ver ¿tu cliente es locador y tiene un contrato escrito con la firma del inquilino y del garante? Si esto es asi, no veo problema alguno.
 #1055459  por legalescom
 
¿Porqué, antes de hacer la consulta, no ordenás tus ideas, haciéndonos perder tiempo, con respuestas al voleo? Si tenés certificadas las firmas del inquilino y garante, y vos vas por el locador, no necesitas certificar la firma de tu cliente.