Estimados colegas: tengo que contestar una demanda en la que mi cliente es demandado por un accidente producido en un establecimiento de su propiedad. Mi cliente contrató con una sociedad anónima la contratación de un seguro, en el cual la S.A. es tomadora de la poliza y mi cliente el asegurado. En la demanda solo se ha demandado a mi cliente, por eso, a la hora de contestar demanda y citar en garantía me surge la duda de que si además de a la compañía de seguros, debo citar a la primer contratante, es decir, a la S.A. que intermedió. Pero no se cómo citarla, ya que en el contrato de poliza aparece como tomadora. Pero no se si meto la pata no citándola. Bueno, me imagino que mi pregunta debe ser muy básica para los que la tienen clara en este tema, la realidad es que no hago mucho civil y no quiero cometer un error por no preguntar, gracias;
