Hola!! les hago una consulta..un cobro de pesos llego a sentencia..y como la otra parte nunca se presento, el juez dicto a favor de mi cleinte..todavia no le he notificado la sentencia al demandado..pero me dice mi cliente, que aparecio el demandado por al casa y le pago la deuda...mi pregunta es la siguiente...le tengo que notificar igualmente la sentencia? o presento un escrito informandole al juez de esta nueva situacion? ..y otra cosa, en ese juicio, essta embargado un automotor, que era el objeto de todo esto, pero al demandado tampoco le interesa recuperarlo, se va de la ciudad y no quiere saber nada mas de todo esto..pero tampoco quiere firmar ningun acuerdo extrajudical, no quieres saber nada de abogados, que me recomiendan que haga? gracias.
Seguramente va estar bastante opinado el asunto.-
En particular no soy partidario de las soluciones pragmáticas, del tipo "dejalo", prefiero complicar un poco las cosas o que se trabaje un poco mas, pero ganar en relativa tranquilidad a futuro.-
Si presentás que hubo acuerdo, depende del juzgado y de la jurisdicción pueden pedirte la copia.
También está la posibilidad del desestimiento de la acción y del derecho sin mayores explicaciones.-
En definitiva, pasando al clásico, "si fuera Ud.", notifico la sentencia, presento que hubo pago y levanto los embargos (que posiblemente según el juzgado que intervenga le van a recordar que están trabados al momento de informar el pago).-