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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1055740  por CarolinaAbogada
 
Buenas tardes. Inicié una acción declarativa de inconstitucionalidad Y DEMANDÉ ÚNICAMENTE AL ESTADO NACIONAL –PODER EJECUTIVO NACIONAL- y planteé la inconstitucionalidad de una ley nacional. Aclaro que no es un reajuste. Solicité se libre oficio al Estado Nacional P.E.N. calle Balcarce Capital Federal.
Cuando el Juez resuelve dice: “En atención a lo dispuesto por los artículos 8 y 10 de la ley 25.344, remítase por oficio a la Procuración del tesoro Nacional copia de la demanda con toda la prueba documental acompañada”.

El artículo 8 de la ley 25.344 establece: “…promovida una accion contra los organismos mencionados en el artículo 6…”. El capítulo IV artículo 6 de la ley 25.344 dispone: “En todos los juicios deducidos CONTRA ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL CENTRALIZADA Y DESCENTRALIZADA…”.

Yo solamente demandé al Estado Nacional-Poder Ejecutivo Nacional- y entiendo que no demandé a ningún organismo de la Administración Pública Nacional centralizada o descentralizada ¿o estoy equivocada y el Poder Ejecutivo Nacional es un organismo de la Administración Pública Nacional? ¿El juez no debió ordenar se libre oficio dirigido a calle Balcarce?
 #1055762  por CarolinaAbogada
 
CarolinaAbogada escribió:Buenas tardes. Inicié una acción declarativa de inconstitucionalidad Y DEMANDÉ ÚNICAMENTE AL ESTADO NACIONAL –PODER EJECUTIVO NACIONAL- y planteé la inconstitucionalidad de una ley nacional. Aclaro que no es un reajuste. Solicité se libre oficio al Estado Nacional P.E.N. calle Balcarce Capital Federal.
Cuando el Juez resuelve dice: “En atención a lo dispuesto por los artículos 8 y 10 de la ley 25.344, remítase por oficio a la Procuración del tesoro Nacional copia de la demanda con toda la prueba documental acompañada”.

El artículo 8 de la ley 25.344 establece: “…promovida una accion contra los organismos mencionados en el artículo 6…”. El capítulo IV artículo 6 de la ley 25.344 dispone: “En todos los juicios deducidos CONTRA ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL CENTRALIZADA Y DESCENTRALIZADA…”.

Yo solamente demandé al Estado Nacional-Poder Ejecutivo Nacional- y entiendo que no demandé a ningún organismo de la Administración Pública Nacional centralizada o descentralizada ¿o estoy equivocada y el Poder Ejecutivo Nacional es un organismo de la Administración Pública Nacional? ¿El juez no debió ordenar se libre oficio dirigido a calle Balcarce?

¿Hay alguien que me pueda ayudar?
 #1055806  por Alejandra Radua
 
Y del PE a quien demandaste?
Si es por inconstitucionalidad de la Res 884/06 deberías haber demandado también al anses.
 #1055821  por CarolinaAbogada
 
Alejandra Radua escribió:Y del PE a quien demandaste?
Si es por inconstitucionalidad de la Res 884/06 deberías haber demandado también al anses.
Dra. gracias por responderme. Demando al Estado Nacional-P.E.N.- por una norma que impugno por inconstitucional. No es materia previsional. El CPACF planteó la inconstitucionalidad de la nueva ley riesgos del trabajo y demandó al Estado Nacional-P.E.N.-
Por la experiencia que he tenido, cuando se demandaba al Estado Nacional P.E.N. el juez ordenaba librar oficio dirigido a Balcarse y no mencionaban ley 25.344. Solamente demandé al Estado Nacional-Poder Ejecutivo Nacional- y entiendo que no demandé a ningún organismo de la Administración Pública Nacional centralizada o descentralizada ¿o estoy equivocada y el Poder Ejecutivo Nacional es un organismo de la Administración Pública Nacional? ¿El juez no debió ordenar se libre oficio dirigido a calle Balcarce o para Ud. está bien lo que ordenó?