Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • POR FAVOR, AYUDA!

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #843502  por draambrosini
 
Estimados, en un caso laboral, el juez ordena librar exhorto 22.172 a efectos de realizar la prueba pericial contable en extraña jurisdiccion.
Es la primera vez que lo hago...alguien podría darme algunas indicaciones? O modelo? o lo que sea!
Desde ya, muchas gracias.-
 #843511  por sanjuanino
 
no entiendo el pedido
 #843516  por draambrosini
 
Claro, en un juicio laboral, se ofrece prueba pericial. La demandada tiene domicilio (y sus libros contables) en extraña jurisdicción.
Entonces, hay que efectuar la prueba pericial por exhorto. El juez ya libró el exhorto ley, facultando al juez para que sortee perito alla.
Tengo que confeccionar el exhorto, diligenciarlo, etc.....esa es mi consulta. Se entiende ahora?
 #843532  por sanjuanino
 
El exhorto, en este caso, se dirige a la corte de justicia de la provincia que corresponda. De allí, se manda a mesa de entradas para que sortee el juzgado interviniente.
El Oficio ley 22172 es exactamente igual a cualquier oficio, precisando bien las características del caso, así que no vas a tener problemas. La ley te pide estos recaudos:

Art. 3º — El oficio no requiere legalización y debe contener:

1. Designación y número del tribunal y secretaría y nombre del juez y del secretario.

2. Nombre de las partes, objeto o naturaleza del juicio y el valor pecuniario, si existiera.

3. Mención sobre la competencia del tribunal oficiante.

4. Transcripción de las resoluciones que deban notificarse o cumplirse y su objeto claramente expresado si no resultase de la resolución transcripta.

5. Nombre de las personas autorizadas para intervenir en el trámite.

6. El sello del tribunal y la firma del juez y del secretario en cada una de sus hojas.

Tene en cuenta tres cosas:
1) tenes que buscar un procurador o un abogado del lugar para que lo tramite y siga la pericia
2) esos gastos frecuentemente pesan sobre tu parte mientras se realizan, y despues lo podes incluir en la liquidación final
3) que todas las hojas sean selladas y firmadas por el juzgado
Todo esto antes de enviar el oficio.
Comunicate con el colegiom de abogados de esa jurisdicción para que te den una mano con algún abogado para tramitarlo, si no tenés a nadie en esa jurisdicción.
En este foro laboral, no estamos pasando modelos, casi por un acuerdo tácito entre colegas. Si se te complica mucho, avisame y te paso un modelo simple de oficio ley solo para guiarte.
Tratá de hacerlo solo, consejo de amigo, que te va a enseñar mas
 #843549  por draambrosini
 
Muchisimas gracias por la data!!
No sabía que no se podian pasar mas modelos, una lástima. Verdaderamente se me complica muchísimo hacer los escritos sola, código en mano. Digo yo, como a tantos otros abogados que recién comienzan.
Gracias de nuevo sanjuanino!
 #843617  por matias256
 
sanjuanino escribió:El exhorto, en este caso, se dirige a la corte de justicia de la provincia que corresponda. De allí, se manda a mesa de entradas para que sortee el juzgado interviniente.
El Oficio ley 22172 es exactamente igual a cualquier oficio, precisando bien las características del caso, así que no vas a tener problemas. La ley te pide estos recaudos:

Art. 3º — El oficio no requiere legalización y debe contener:

1. Designación y número del tribunal y secretaría y nombre del juez y del secretario.

2. Nombre de las partes, objeto o naturaleza del juicio y el valor pecuniario, si existiera.

3. Mención sobre la competencia del tribunal oficiante.

4. Transcripción de las resoluciones que deban notificarse o cumplirse y su objeto claramente expresado si no resultase de la resolución transcripta.

5. Nombre de las personas autorizadas para intervenir en el trámite.

6. El sello del tribunal y la firma del juez y del secretario en cada una de sus hojas.

Tene en cuenta tres cosas:
1) tenes que buscar un procurador o un abogado del lugar para que lo tramite y siga la pericia
2) esos gastos frecuentemente pesan sobre tu parte mientras se realizan, y despues lo podes incluir en la liquidación final
3) que todas las hojas sean selladas y firmadas por el juzgado
Todo esto antes de enviar el oficio.
Comunicate con el colegiom de abogados de esa jurisdicción para que te den una mano con algún abogado para tramitarlo, si no tenés a nadie en esa jurisdicción.
En este foro laboral, no estamos pasando modelos, casi por un acuerdo tácito entre colegas. Si se te complica mucho, avisame y te paso un modelo simple de oficio ley solo para guiarte.
Tratá de hacerlo solo, consejo de amigo, que te va a enseñar mas

Pregunto, porque no están pasando modelos?????. Y que pasa si alguien infringe el acuerdo tácito de la logia de abogados laboralistas???? :P
 #843896  por sanjuanino
 
Amigos míos, no es que no se pueda pasar modelos...
estamos debatiendo el asunto en el bar en este tópico viewtopic.php?f=13&t=156946
Algunos tienen una postura mas dura y otros (como yo) mas moderada, aunque en principio también estoy de acuerdo con no pasarlos.
Pasa mas o menos lo mismo que con las consultas de particulares. Lo estamos debatiendo.
De todos modos, siempre estamos dispuestos a dar una mano
 #843917  por GU
 
A mi no me parece mal que pasen modelos. Los he pedido y los he pasado alguna vez, aunque no suelo hacer ni una ni otra. Lo que molesta es que pidan modelo para cualquier cosa. Alli es cuando se ve que no le dedican el minimo esfuerzo a la cuestion y da bronca laburar para que otro se la lleve tan facil de arriba -no digo que este sea el caso-.

Con la tecnologia que hay hoy en dia, creo que es imposible no usar modelos, esqueletos o bases para realizar nuestra actividad. Es hasta testarudo no hacerlo. Lo que esta pendiente es que utilicemos los modelos para aprender en lugar de copiar -mea culpa incluido-.

Sientanse libres de pasar los modelos que quieran. No dejen que la postura de otro los limite, nadie los va a retar -a lo sumo se reta al que lo pide-.

Salutes!
 #1055816  por alejandra01
 
bien hubieran hecho con pegar un modelito chicos...tengo que mandar oficio ley para una pericia contable en extraña jurisdicción, y no quisiera equivocarme en nada, porque queda a confronte, y sino, voy a estar mil años con un oficio ...si alguien me pasa uno de guía se agradecerá, va al "juez de grado en turno de la jurisdicción" de Rosario, Pcia de Santa Fe´..ni idea como encarar el encabezamiento..gracias!..
 #1055822  por DRA. MACA
 
EXHORTO LEY 22172

Buenos Aires, de Agosto de 2014

Al SEÑOR JUEZ A CARGO DEL JUZGADO
DE PRIMERA INSTANCIA
EN LO CIVIL Y COMERCIAL
EN TURNO
S_____/_____D

Tengo el agrado de dirigirme a V. S. en los autos caratulados: xxxxxxxxxxxx EXP.xxxxxxxxxxxx, en trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº xxxxxxxxxxxx a mi cargo, Secretaría Unica a cargo del Dr.xxxxxxxxxxxxxxxx con sede en la callexxxxxxxxxx piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin de informar que el libramiento del presente exhorto se ordenó en fecha 23 de noviembre de 2006 en los autos xxxxxxxxxxxxxxx "Buenos Aires 23 de noviembre de 2006. .............................................................................................................
Los Dres XXXXXXXXXX se encuentran matriculados en el Colegio de Abogados de .............en el y la - Hàgase constar las personas autorizadas para intervenir en la diligencia". Firmado.................... Juez Subrogante. Quedan autorizados a diligenciar el presente los Dres.........................
Dios Guarde a V. S
 #1055865  por alejandra01
 
muchas gracias MACA..!!! cuando lo termine pego mi modelo para que quede en el foro..
 #1055869  por DRA. MACA
 
De nada Alejandra, ojalá sirva porque vi tambien que pedian modelo de oficio ley, es igual que el oficio comun pero deben poner oficio ley 22172 y transcribir el o los proveidos que lo ordenan.
 #1055896  por alejandra01
 
sí, no es fácil el tema..es medio enroscado..más para mí que tengo dos demandadas, el proveído es una especie de cosa para desenmarañar por lo inentendible y encima tengo un tercero citado por las demandadas, al que no se si debo ampliar la pericia...cuando lo tenga confrontado lo subo porque seguro algo me corrigen...