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  • PERCIBIR PENSION NO CONTRIB Y JUBILACION AL MISMO TIEMPO

  • Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1056862  por alefer23
 
Buenas tardes! tengo una consulta, espero me puedan ayudar: una mujer de 65 años de edad (nacida el 03/05/1949) percibe una pensiòn no contributiva y desea entrar en la nueva moratoria para jubilarse, nunca tuvo aportes, puede percibir ambos beneficios al mismo tiempo? :?:
 #1056868  por lucky
 
La respuesta la tenés en la nueva ley.
ARTICULO 9° — El beneficio previsional que se otorga en el marco de la presente resulta incompatible con el goce de otra prestación previsional de cualquier naturaleza (contributiva o no contributiva) incluyendo retiros y planes sociales, salvo en el caso en que la única prestación que el titular percibe a la fecha de solicitud fuera contributiva y su importe no supere el del haber previsional mínimo vigente a la fecha de solicitud de la prestación.
 #1056874  por alefer23
 
La pensiòn no contributiva que percibe es por invalidez, quizàs podrìa inscribirse en el monotributo e ingresar en moratoria de ese modo para jubilarse y no perder la pensiòn, que opinan? ya que por el exceso de edad sòlo le faltarìa medio año para entrar en la moratoria vieja.
 #1056939  por rox79
 
yo presente una la semana pasada y no querian iniciarme la jubilacion por no tener baja de pension, tuve que decirle al cliente que de de baja la pension en la comision de pensiones, con ese formulario, por si acaso le hice firmar ante policia con firma certificada y que ellos pongan el sello y firma de ahi de la comision de pensiones, pero si, hay que tener dado de baja, me dijeron que la baja dura mas o menos 8 meses y que posiblemente, cobre las dos por unos meses hasta ue le den la baja.
 #1056954  por dramamita
 
las PNC son totalmente incompatibles con cualquier beneficio contributivo *leo* *leo* *leo* *leo* *leo*

y eso no cambia con la nueva ley, por eso exigen la renuncia, aunque esta puede ser presentada al momento de la liquidacion del beneficio, no es necesaria al inicio. En los casos que he presentado nunca dejaron de percibirla antes de cobrar la jubilacion.
 #1056979  por MARIO1943
 
dramamita escribió:las PNC son totalmente incompatibles con cualquier beneficio contributivo *leo* *leo* *leo* *leo* *leo*

y eso no cambia con la nueva ley, por eso exigen la renuncia, aunque esta puede ser presentada al momento de la liquidacion del beneficio, no es necesaria al inicio. En los casos que he presentado nunca dejaron de percibirla antes de cobrar la jubilacion.

ES EXIGIBLE LA RENUNCIA CON LA MORATORIA 24476, PERO CON LA NUEVA MORATORIA NO ES EXIGIBLE SI NO SUPERA EL MINIMO DEL HABER JUBILATORIO , LO MISMO OCURRE CON LAS PENSIONADAS, COSA QUE CON LA 24476, TIENE QUE PAGARLA AL CONTADO Y ESTAR INSCRIPTO
 #1056994  por dramamita
 
holaaaaaaaaaa Mario!!!!!!

pero ojo que la forista habla de PNC ......... a estas habra que renunciar (con la anterior o con la nueva ley) y es coherente, ya que si obtendra un beneficio como sera su jubilacion ya no cumple con los requisitos de la Comision Nacional de Pensiones para el otorgamiento de PNC


en las UDAI que yo presento la renuncia no es exigible al inicio, tal cual el cese en regìmenes diferenciales que en el momento de liquidacion te intiman a presentar.