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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1056169  por Palenque
 
Creo que lo más preocupante al margen de lo de si podremos o no presentar trámites es el Articulo 5 de la Resolución 479/2014:
ARTICULO 5° — Establécese que, a los efectos de ejercer la representación en el carácter de abogado y/o gestor administrativo ante esta ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), en el marco de las previsiones de la Ley Nº 17.040 (T.O. 1974), el trámite de solicitudes de prestaciones previsionales, sus modificaciones y/o ajustes y reconocimientos de servicios previstos en el SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO (SIPA) será atendido en las dependencias operativas correspondientes a la zona de influencia del domicilio del poderdante, asignadas mediante el sistema de turnos de atención vigente en esta Administración, debiendo haber realizado el interesado, en forma previa y sucesiva, el trámite de inscripción en el Registro creado en el ARTICULO 1° de la presente y la acreditación de la carta poder que materializa la representación invocada.
 #1056171  por 524masmoratoria
 
varelamariac escribió:DISCULPA ESTUDIAR 6 AÑOS PARA TRABAJAR DE ACOMPAÑADORA!!!! SI NO VAMOS A PODER HACER EL SICAM????????????
Estudiaste 6 años para liquidar un SICAM?
 #1056174  por vanesaelena
 
yo digo y donde estan los colegios defendiendo la incumbencia profesional. es un atropello que un empleado administrativo te trate mal,solo por estar trabajando. ...
 #1056190  por zambia
 
Hola, no es mi intención "pincharle el globo" a nadie, pero esta mañana estuve en la ANSeS y me dijeron que, si bien no existe ninguna normativa que impida a los abogados tramitar jubilaciones vía ley 26970, la instrucción interna que tienen es que trámite presentado por abogado es denegado sin más. Realmente. no se si esto es así o si depende del criterio de cada UDAI. Si alguno sabe algo más concreto por favor cuenten.- Cariños
 #1056214  por titino01
 
En mardel me informaron q los contra turnos los abogados y gestores no van a poder ENTRAR !!,!,!,! Los turnos de mañana si.
 #1056217  por DiegoChaco
 
lola442 escribió:Les cuento que por lo que pude saber hoy no habrá SICAM común. El sistema de ANSES -no se como- cargará todo automáticamente, los operadores de ANSES no harán ningún calculo, solo cargar certificaciones de servicios si las hay. Si no el sistema arrastrará toda la historia previsional y de SICAM si la persona tiene aportes.-
Por eso los turnos son solo de 20 minutos cada uno.-
Se supone que el sistema estará implementado a partir del 23 de septiembre que es el día a partir del cual empezaron a dar los turnos.-
Conclusión no habrá SICAM que podamos liquidar, ni nosotros, ni el titular, solo a través del sistema de ANSES.-
O sea que ni el propio beneficiario podrá elegir que prescribir, que pagar, que no, o que servicios incluir si no tiene certificación de servicios.-
Por ejemplo ni plantear la Res. 555.
Hola, hoy hable con un amigo que trabaja en una oficina de Anses y me dijo mas o menos lo mismo dice lola442. Que los están capacitando para generar un SICA que lo hace on line y en forma automatica un sistema nuevo que va a implementar el anses, donde ellos solo van a cargar los datos del beneficiario y automática/ sale hecho el SICAM con los periodos mas baratos, etc. . Y ese SICA on line lo bajan y luego lo cargan manualmente.
Saludos
Diego
 #1056438  por lunita_roja
 
marianodiego escribió:Pregunto, si lo van a hacer ellos. para que necesitan las claves fiscales?

Calculo que será porque la Afip se debe haber negado a darle acceso irrestricto a la anses...con clave fiscal no sólo entrás al sicam, sino a un montón de aplicativos e impuestos.
 #1056439  por marianodiego
 
lunita_roja escribió:
marianodiego escribió:Pregunto, si lo van a hacer ellos. para que necesitan las claves fiscales?

Calculo que será porque la Afip se debe haber negado a darle acceso irrestricto a la anses...con clave fiscal no sólo entrás al sicam, sino a un montón de aplicativos e impuestos.
Yo creo que es una gran mentira, anses va liquidar por el mismo sistema que nosotros. Sino no se entiende porque la clave
 #1056447  por lunita_roja
 
marianodiego escribió:
lunita_roja escribió:
marianodiego escribió:Pregunto, si lo van a hacer ellos. para que necesitan las claves fiscales?

Calculo que será porque la Afip se debe haber negado a darle acceso irrestricto a la anses...con clave fiscal no sólo entrás al sicam, sino a un montón de aplicativos e impuestos.
Yo creo que es una gran mentira, anses va liquidar por el mismo sistema que nosotros. Sino no se entiende porque la clave
Si yo también creo eso, deben tener el mismo acceso que tienen hoy a la moratoria ley 24476!
 #1056776  por lilianalp
 
como varios me pideron el instructivo contesto. lo tengo en papel pero en cuanto pueda lo consigo por mail y lo subo al foro.-
no dice mucho de nuevo, no hace mucha alusion al sicam sino mas bien a lo que debria hacer el operador en caso de solictar el particular turno para asistencia (los que estan dando para el 23).-
lo que no me queda claro es que del instructivo pareceria desprenderse que si ya te dio turno el sistema es porque estas habilitado patrimonialmente, ???? esta semana lo chequeo con la gente de anses y les comento lo que pude averiguar.-
lo unico que pude averiguar hoy es que aparentemente van a hablitar a los abogados a liquidar porque los paso la sopa.-
el tema seria que nos indiquen como hacer el estudio patrimonial previo antes del truno, sino sacariamos turno para jubi comun como apoderado llevamos sicam y listo.-
yo diria que no nos apuremos, yo no estaba tomado casos casi de nueva moratoria pero ayer tuve el telefono on fire porque todas fueron al anses particular, y lo que les hacen es una especie de evaluacion socieconomica en la que le piden mil papeles pero no les dan ninguna respuesta, asi que estan locas buscando abogado, porque me dijo una señora que estaban todos a los gritos y los portazos.-
colegas sientense a esperar, el anses no tien los recursos humanos y materiales para hacerse cargo solo del tema, y paciencia es preferible que se jubilen un mes despues y no hacerlas ir mil veces sin saber bien que es lo que tenemos que mandarles a hacer o con que docuemntacion, tampoco esta bueno sacar turnos a la bartola si no sabemos para que son, porque nos perjudicamos nosotros mismos, tratemos de no quedar como cachivaches, igual eso queda a criterio de cada profesional.-
 #1056837  por Danielayc
 
HOLA QUIERO HACER UNA CONSULTA: PRETENDO DEDICARME AL DERECHO PREVISIONAL, Y TENGO ENTENDIDO QUE CON LA NUEVA RESOLUCIÓN 479 DE ANSES PIDEN NUEVOS REQUISITOS. MI PREGUNTA ES: CUALES SON LOS FORMULARIOS QUE DEBERÍA PRESENTAR PARA ACREDITARME COMO ABOGADA? DESDE YA MUCHAS GRACIAS
 #1056842  por hugo2
 
Buenas tardes, hoy estube es la afip tigre ( av. cazon ) y afip san miguel ( av. illia ), alli les dicen a las personas que van por la clave fiscal para jubilarse con la nueva moratoria, que no necesitan clave fiscal para eso, que anses lo hace todo con sus sistemas. Yo pregunte como hacen el sicam sin la clave, me dijeron que la nueva moratoria no va en el sicam !!!!!!!!!!!!!!!
 #1057001  por lunita_roja
 
La resolución dice que va en sicam...como van a hacer una moratoria sin algún aplicativo? La moratoria depende de Afip porque es el ente recaudador, Anses es un organismo que se dedica a otorgar el beneficio. Por eso la resolución es conjunta.
 #1057534  por diegomdp
 
lola442 escribió:Les cuento que por lo que pude saber hoy no habrá SICAM común. El sistema de ANSES -no se como- cargará todo automáticamente, los operadores de ANSES no harán ningún calculo, solo cargar certificaciones de servicios si las hay. Si no el sistema arrastrará toda la historia previsional y de SICAM si la persona tiene aportes.-
Por eso los turnos son solo de 20 minutos cada uno.-
Se supone que el sistema estará implementado a partir del 23 de septiembre que es el día a partir del cual empezaron a dar los turnos.-
Conclusión no habrá SICAM que podamos liquidar, ni nosotros, ni el titular, solo a través del sistema de ANSES.-
O sea que ni el propio beneficiario podrá elegir que prescribir, que pagar, que no, o que servicios incluir si no tiene certificación de servicios.-
Por ejemplo ni plantear la Res. 555.
lola vana desarrollar un aplicativo para que liquide el autonomo,para no sobrecargar acomputos, pero por ahora solo, la parte at y en una segunda etapa la de rd, pero hay tramites que tienen que si o si caratularse y trabajarse por computos, tramites con servicios diferenciales, con recos de otras cajas, y habia otros mas que ahora no recuerdo, con lo cual va a existir aplicativo para liquidar, es lo que pude deducir de los pocos instructivos internos que circulan en anses
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