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  • nueva alta de poder a partir del lunes 15-9

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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1056792  por solsolino*
 
Desde el lunes vamos a tener que acreditar "on line" los poderes, no se si con turno previamente o de una sacando el clasico "numerito".- si alguien puede subir los instructivos que a mandado anses en el dia de hoy, seria fundamental que por favor lo haga!!!!!!!!!!!
 #1056857  por clau2014
 
Por lo poco que se esa que se nos va a habilitar desde la pagina un turno a los abogados para que ese dia concurramos con el cliente a la UDAI a firmar el poder... habra que esperarrr *foto*
 #1057113  por diegomdp
 
lo que hay es una aplicativo en intranet para que te carguen quien es el apoderado, osea que ahora va a quedar registrado, en el sistema web quien es el ultimo apoderado que tiene la persona, antes se podia hacer en el sica pero nadie lo cargaba
 #1057119  por solsolino*
 
is algo de eso es...en mails internos he visto que dice que si tenemos este poder cargado en e sistema, podemos acompañar a la persona que va para la asistencia previsional.- sin este poder cargado no.- el tema es que esto es interno, es decir, si no te dejan pasar con el cliente, te tenes que poder a pelear enfrente del mismo.....
 #1057174  por NORMA
 
Tengo que acreditar los poderes que ya tengo ?.Y si es interno,cómo nos enteramos? el día del turno o habrá que ir averiguar días antes?.
 #1057551  por yesi
 
Ahora uds ya sacaron turno para inicio de jubilación y/o de moratoria por titular de sus clientes? o van a esperar esta implementación asi se puede sacar por apoderado el turno? Saludos
 #1057641  por yojubilo
 
yesi escribió:Ahora uds ya sacaron turno para inicio de jubilación y/o de moratoria por titular de sus clientes? o van a esperar esta implementación asi se puede sacar por apoderado el turno? Saludos
Yo saqué turno para la nueva moratoria y sólo me dio la opción para asesoramiento. En la delegación en la que me presento hasta me dijeron que ya no podía sacar más turnos a mi nombre desde el 10/09. Volví al otro día y le dije que me parecía que había entendido mal, que se asesorara mejor, espero no pasar un mal rato cuando vuelva con los turnos sacados después del 10...
 #1057645  por yesi
 
El tema es que te habran dicho eso por la Res 479 que dice en su art. 2 "...La inscripción preexistente ante esta ANSES será válida sólo para aquellos trámites cuyos turnos hubieran sido requeridos con anterioridad a la entrada en vigencia de esta norma y los que se otorguen hasta el vencimiento de los CIENTO VEINTE (120) días hábiles administrativos de publicada la presente a fin de cumplir con la inscripción en el nuevo registro.". La verdad es que esta todo tan raro que ni ellos tienen en claro como se instrumentará me parece
Saludos
 #1057720  por monalisa
 
hola, ya saqué tuno... te lo dan para dentro de 2 días nada más, calculo que debo ir con el cliente y ahi certificarán su firma, el formato de tuno es igual a cualquier otra prestación. Con esto, tendremos que ir dos veces por cada trámite. Me pregunto que sucede si la persona no tiene acreditado el poder de antemano y se concurre con el cliente a la fecha del turno de jubilación directamente, cuál sería la traba para acreditar en ese momento el poder. Y también si es válido el registro de firma ante escribano o policia, para acreditar el poder el día del tuno "especial" este. saludos.