la verdad, el tema se ha desparramado en un montón de post que perdieron objetividad, que no se sabe donde leer, porque escriben mucho sobre suposiciones y no sobre normativa y pasos reales a seguir, por lo cual nadie entiende nada..
Propongo a partir de la resolución RES.CONJ 3673 Y 533/2014 LA REGLAMENTACION, y la Resolución 479/14 - ANSeS
Creación del Registro de Abogados y Gestores Administrativos habilitados para ejercer la representación ante ANSeS, empecemos esta semana a dar el paso a paso para iniciar los trámites: o sea, desde cuando podremos sacar turnos para la nueva ley, cuando liquidaremos el sicam de acuerdo a la nueva ley, como haremos cuando hay aportes pagos con deudas o sin ellas, tratando de no desvirtuarlo. Supongo que lo que cada udai disponga también será de importancia.
Por lo pronto, lo más importante, es desde cuando podremos los abogados ratificar el poder si es que hay que hacerlo, y desde cuando sacaremos el turno para que hagan el socioeconómico al cliente...
saludos.
Propongo a partir de la resolución RES.CONJ 3673 Y 533/2014 LA REGLAMENTACION, y la Resolución 479/14 - ANSeS
Creación del Registro de Abogados y Gestores Administrativos habilitados para ejercer la representación ante ANSeS, empecemos esta semana a dar el paso a paso para iniciar los trámites: o sea, desde cuando podremos sacar turnos para la nueva ley, cuando liquidaremos el sicam de acuerdo a la nueva ley, como haremos cuando hay aportes pagos con deudas o sin ellas, tratando de no desvirtuarlo. Supongo que lo que cada udai disponga también será de importancia.
Por lo pronto, lo más importante, es desde cuando podremos los abogados ratificar el poder si es que hay que hacerlo, y desde cuando sacaremos el turno para que hagan el socioeconómico al cliente...
saludos.