No, no es una demanda de pretensión anulatoria porque se trata de una impugnación de deuda emanada de una resolución dictada por un sindicato respecto de los aportes y contribuciones y es competente en este tema el fuero laboral.
SALA II DE LA CÁMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, EN LA SENTENCIA DEFINITIVA N° 82218, RECAÍDA EN LA CAUSA NRO. 57809/99, "CASAS CONTEMPORÁNEAS SA C/UOCRA S/IMPUGNACION DE DEUDA-22/02/01...ES INCOMPETENTE ESTA CÁMARA PARA ENTENDER EN LA DEUDA EN CONCEPTO DE SEGURO DE VIDA, FONDO I.C. Y S. (FONDO DE INVESTIGACIÓN, CAPACITACIÓN Y SEGURIDAD DE UOCRA) Y DE LA CUOTA SINDICAL, RUBROS DE CARÁCTER LABORAL QUE NO CORRESPONDEN A ESTE FUERO DILUCIDAR..."