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  • PARTICION EN UNA SUCESION AYUDA!!!

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 #105840  por monik
 
Hola gente del foro;

Por tratarse de consulta que incluye cuestiones procedimentales, necesitaría me ayuden colegas que ejerzan en la provincia de Santa Fe. El tema es así: sucesión de matrimonio fallecido; quedan 4 hijos, un solo inmueble y todos están de acuerdo en que el inmueble se lo quede (gratuitamente) uno de ellos. Una de las opciones sería: hacer el sucesorio, inscribir la declaratoria de herederos en el Registro General (ahí termina mi trabajo) y después que hagan una escritura de compraventa ante escribano, donde 3 de los hermanos le venden al otro(no donación para evitar reclamos de los herederos forzosos). Ocurre que con esta opción deberá pagar escritura y además ponerse al día con todos los impuestos atrasados del inmueble.
AHORA: ¿puede haber otra alternativa? Cómo en las sucesiones que realicé mi trabajo terminaba con inscripción de la declaratoria de herederos quería saber si existe alguna posibilidad de obviar el trámite ante el escribano y zafar de pagar los impuestos atrasados. Se me ocurre una partición; pero no sé cómo hacerla.
POR FAVOR SI ALGUIEN ME ORIENTA!!!

 #105847  por Sailaw
 
Y una cesión respecto del inmueble de todos los herederos al designado?, con eso inscribis por testimonio directamente.

 #105852  por monik
 
Sailaw escribió:Y una cesión respecto del inmueble de todos los herederos al designado?, con eso inscribis por testimonio directamente.
Y la cesión tendría que hacerla por escritura pública??

 #105854  por Sailaw
 
Yo no se como está al respecto la jurisprudencia en Santa Fe, pero teoricamente y por el Código Civil el acta judicial reviste el caracter de instrumento público, generalmente exigen que sea por escritura notarial, fijate, si se puede por via judicial, te ahorras unos cuantos pesos.

 #105857  por monik
 
Sailaw escribió:Yo no se como está al respecto la jurisprudencia en Santa Fe, pero teoricamente y por el Código Civil el acta judicial reviste el caracter de instrumento público, generalmente exigen que sea por escritura notarial, fijate, si se puede por via judicial, te ahorras unos cuantos pesos.
Gracias Sailaw!
Algún colega santafesino que pueda aportar algo?????