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  • NULIDAD DE LA NOTIFICACION - Y REBELDIA

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
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 #1058330  por queruza
 
Colegas,

A continuacion detallo algunos datos y luego el relato:

Juicio laboral en Pcia. de Buenos Aires.
Por parte actora
Intercambio telegrafico, se enviaron telgrama al domicilio laboral y al domicilio real de la empleadora
Contesta apoderado constituyendo un tercer domicilio
sin acuerdo

Se inicia demanda y se notifica al domicilio laboral (la demanda la recibe el marido de la empleadora), no contesta en plazo. Luego se solicita y posteriormente se decreta la rebeldia-
La audiencia de vista de causa que se notifica nuevamente al domicilio laboral (la cedula la recibe la hermana de la empleadora) y en oportunidad de la audiencia me encuentro con un planteo de nulidad porque el domicilio real de la actora es distinto al del domicilio laboral y es el domicilio real ademas es el que consta en los recibos de sueldo.
Ahora bien por un lado la notificacion de la demanda tuvo efecto ya que fue recibida por el marido de la empleadora, aunque no fue en el domicilio donde vive la empleadora, asimismo se anoticiaron de la vista de causa por la notificacion que se curso al mismo domicilio laboral y que recibio la hermana y por eso interpusioeron el pedido de nulidad, ergo ambas notificaciones fueron eficaces que va a ser el eje del planteo.

Les pido su opinion y si tienen jurisprudencia.

espero se entienda

saludos
 #1058395  por dumitra
 
No tengo jurisprudencia al respecto, pero en tu lugar iría por el criterio que entiende que la nulidad por la nulidad misma no tiene sustento. Es decir, en caso que sea viable la nulidad,lo que deban plantear deberán hacerlo en el momento, de lo contrario, no tiene sentido volver a instancias anteriores.

Es interesante. Espero algun otro colega aporte algun dato jurisprudencial

saludos y suerte
 #1058412  por queruza
 
GRACIAS POR LA REPUESTA ES UN BUEN ARGUMENTO, PERO NO ME CIERRA PQ SE PLANTEA LA NULIDAD PQ ENTIENDO QUE PERDIERON LA CHANCE DE CONTESTAR DEMANDA

SALUDOS
 #1058439  por dumitra
 
En ese caso tendras que ir contra el planteo de nulidad de lleno.

No me queda claro por que notificas al domicilio laboral. Sobre todo habiendo ellos constituido uno especifico durante el intercambio telegrafico.
)
Si demuestran que el domicilio real de la demandada no es al que notificaste (me refiero al domicilio que figura en el Registro de las personas, DNI, Juzgado Electoral) entiendo que le van a hacer lugar a la nulidad. Para evitar eso, deberias haber oficiado a esos organismos previamente y asegurarte que es el domicilio real verdaderamente o notificar al que constituyeron en el intercambio telegrafico.

El hecho que la demanda la reciba un familiar - depende el tribunal que te toque - pueden considerarlo notificado o no. A mi juicio no esta bien notificada.

De todas formas, en la practica, volviendo al planteo que te comente en el primer post, le den o no la nulidad es "practicamente" lo mismo para vos. Perdes por supueto la "ventaja" de la rebeldia, pero ya los tenes en juicio. cono dom. constituido y listos para arreglar.

saludos y suerte
 #1058618  por agentil
 
Bueno no coincido mucho con los comentarios anteriores. Para mi no hay nulidad ya que el domicilio al que se notifico es el que figura en los recibos de haberes de la empleadora...o entendí mal?

Despues, como que no le acarrea ningun perjuicio a la actora???? si se determina la nulidad vuelve todo a fojas cero :roll:

saludos!!