Colegas:
Tengo un cliente que inició un juicio con otro abogado de liquidación de sociedad conyugal después de terminado el divorcio, ahora lo estoy patrocinando y como se hizo ampliación de la demanda se dio traslado a la documental y a la demanda mía, o sea que el escrito del anterior abogado no se le dió traslado, a lo que la otra parte pidió la nulidad de la notificación de la misma porque no estaba con la totalidad de las copias, aunque negó todos los hechos de la demanda que recibió y el juez dio por contestada la misma. El juez rechazó el pedido de nulidad de la cédula y ordenó que se diera nuevo traslado con la totalidad de las copias (el escrito de demanda del otro abogado). La ampliación solo constaba de agregar algún que otro testigo y nada más, es por eso que no se consideró dar traslado a todo porque no cambiaba el contenido de la pretensión. Bien, se le dio traslado al domicilio constituido y no contesta, ahora: rebeldía no se puede pedir porque la demanda ya fue aceptada como contestada por el juzgado la primera vez que fuera notificada, no se puede pedir que se declare la causa como puro derecho porque hay hechos que se niegan por lo tanto contradictorios, así que ¿podría pedir abrir la causa a prueba si veo que el plazo para contestar ya pasó y no contesta en esta segunda notificación? O pido que se dé por decaído el derecho dejado de usar y pasen los actuados a sentencia? No es un error del juzgado dar por contestada y por presenta la contestación de la demanda y después ordenar que se dé traslado nuevamente? Tramita en provincia de Buenos Aires. Alguien tiene algún caso similar? Alguna opinión?
Gracias.
Tengo un cliente que inició un juicio con otro abogado de liquidación de sociedad conyugal después de terminado el divorcio, ahora lo estoy patrocinando y como se hizo ampliación de la demanda se dio traslado a la documental y a la demanda mía, o sea que el escrito del anterior abogado no se le dió traslado, a lo que la otra parte pidió la nulidad de la notificación de la misma porque no estaba con la totalidad de las copias, aunque negó todos los hechos de la demanda que recibió y el juez dio por contestada la misma. El juez rechazó el pedido de nulidad de la cédula y ordenó que se diera nuevo traslado con la totalidad de las copias (el escrito de demanda del otro abogado). La ampliación solo constaba de agregar algún que otro testigo y nada más, es por eso que no se consideró dar traslado a todo porque no cambiaba el contenido de la pretensión. Bien, se le dio traslado al domicilio constituido y no contesta, ahora: rebeldía no se puede pedir porque la demanda ya fue aceptada como contestada por el juzgado la primera vez que fuera notificada, no se puede pedir que se declare la causa como puro derecho porque hay hechos que se niegan por lo tanto contradictorios, así que ¿podría pedir abrir la causa a prueba si veo que el plazo para contestar ya pasó y no contesta en esta segunda notificación? O pido que se dé por decaído el derecho dejado de usar y pasen los actuados a sentencia? No es un error del juzgado dar por contestada y por presenta la contestación de la demanda y después ordenar que se dé traslado nuevamente? Tramita en provincia de Buenos Aires. Alguien tiene algún caso similar? Alguna opinión?
Gracias.
