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  • Calculo de intereses de sentencia firme

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1058572  por MarcelaJulia1000
 
Hola...

Soy perito psicóloga...

Tengo entendido que los intereses para cobrar un honorario se calculan a partir del momento en que la sentencia - emitida ya sea por la Cámara si se trata de una apelación, ya sea por el Juez - queda firme.


Alguien me podría decir cómo se calculan ? Mi idea es que se cuentan todos los días corridos a partir de la sentencia y se le aplica la tasa activa del Banco Nación que creo que ahora está a 2.055% mensual.

Un segundo problema es cada cuánto se efectua la capitalización...Es distinto por ejemplo si tomó el primer mes, le aplico la tasa, y en cada uno de los meses siguientes voy calculando la tasa sobre el capital más los intereses que si tomo todos los días a los que se aplica intereses como una unidad y calculo la tasa mensual de acuerdo al tiempo transcurrido...

Agradeceré la respuesta...
 #1059003  por Squonk
 
Creo que tendrías que buscar un abogado de tu confianza, dado que si te impugnan la liquidación y te plantean la aplicación de la tasa pasiva, vas a tener que oponer la inconstitucionalidad de esa norma y vas a necesitar patrocinio letrado para discutir esa cuestión.