Estimados foristas, tengo una duda con este tema. Tengo un caso de un señor fallecido el 14/07/1993. Tiene aportes en RD y autonomos. Los ultimos años aporto como autónomo pero solo hasta el año 1991 codigo 005. Tiene mas de 15 años de aportes. En este caso si sigo los lineamientos de ANSES que exige 12 meses anteriores al fallecimiento, y al no poder cambiar la categoría, la deuda es enorme.
Al tener aportes mixtos, debo proceder por ley 18038? gracias por su ayuda
Al tener aportes mixtos, debo proceder por ley 18038? gracias por su ayuda