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  • que honorarios se cobra por un Divorcio vincular

  • Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
Lugar de consulta entre los colegas sobre lo que estipulan las Leyes Arancelarias que rigen nuestra profesión.
 #1026776  por srone
 
que honorarios se debe cobrar por un divorcio de mutuo acuerdo donde como bines gananciales hay dos autos, una casa en Avellaneda prov. de Buenos Aires, se acordó alimentos , tenencia, régimen de visita. Yo voy por la señora tienen dos hijos uno de 5 y otro de 7 años.
Es para presentarlo en Capital Federal y gastos de cuanto seria aprox.
Gracias
 #1027863  por legale
 
Hola
para que te des una idea de indico los valores minimos que se pueden llegar a regular en el expediente. De ahi para arriba conforme las pautas de honorarios y como sea el caso. y Conforme segun sea la ley que se te aplique.

Honorarios divorcio:
Los valores Minimos son en Bs As
mutuo acuerdo: $7000
Tenencia y régimen de visitas $2400

Sociedad conyugal: ver valores de los bienes
En la aplicación y disolución de la sociedad conyugal se aplicará lo normado en el artículo 38°.
Tratándose de acciones posesorias, interdictos o de división de bienes comunes, se aplicará la escala del artículo 21° reduciéndose el monto del honorario en un veinte (20) por ciento, atendiendo al valor de los bienes conforme a lo dispuesto en el artículo 27°
ARTICULO 21°: En todos los procesos susceptibles de apreciación pecuniaria, por las actuaciones de primera instancia o en Tribunales Colegiados de Instancia Unica, hasta la sentencia, el honorario del abogado será fijado entre el ocho (8) y el veinticinco (25) por ciento de su mon

Alimentos:
RTICULO 39°: En los juicios de alimentos se fijará el honorario considerando monto del proceso la cantidad a pagar durante dos (2) años conforme a la escala del artículo 21°.
 #1028843  por DRA. MACA
 
Otros colegas dicen que cobran 12 mil por cada parte, por lo que serían 24 mil. Es mucha diferencia, hay realmente una suma razonable y que esté en los parámetros de la ley para nuestros honorarios?

Hoy en día está todo muy desactualizado y no se puede cobrar lo mismo que hace 5 años atrás.
 #1031492  por juanlu
 
Disculpen que me meta en este tema, pero pregunté algo similar hace unos días y nadie respondió. Pregunté cuánto cobrar en un divorcio de común acuerdo, en Capital, con 2 deptos. que quedarán uno para c/u, valuados en U$S 150.000 c/u (o si quieren pesificarlo, $1.500.000), sin hijos menores ni alimentos.
Aunque no sea en Provincia y tome esa ley como guía, ¿les parece atinado cobrarle entre el 6 y el 20% de ese valor (art. 21 menos el 20%)? Eso daría entre $80.000 y $300.000. Les consulto por el comentario de Summers "a ver si realmente cobraron todo y de contado" y de la Dra. Maca "hay que ver cuál es una suma razonable." Por un divorcio de común acuerdo sin bienes, cobré hace 1 mes $6.500 y me parece poco cobrar lo mismo habiendo bienes y mucho si cobro esos valores que menciono más arriba. Encima en Capital está la diferencia abismal entre la valuación fiscal y la real. ¿Les parece bien que espere la regulación del juez o es una mala idea y me dará $2?
No quiero trabajar gratis, pero tampoco pasarme de precio. Como siempre, espero me contesten y aclaren un poco todo esto. Nunca pensé que definir un honorario fuera tan complejo. Saludos y gracias por adelantado.
 #1047085  por Dani83
 
Consulta, cuanto deberia cobrar... Citaron a mi clienta para presentarse en la primer audiencia de un divorcio ingresado como controvertido. En caso de que lleguemos a un acuerdo y firmarlo como mutuo acuerdo, cuanto deberia cobrarle? Es mi primer caso de divorcio... deberia abonar bono e jus para representarla? Gracias
 #1047435  por juanlu
 
Creo que siguen las opiniones y no se aclara mucho. Legale dice que en Bs. As. por un mutuo acuerdo se cobra un mínimo de $7.000; yo cobré $6.500, en uno sin bienes ni hijos porque el Colegio de Capital orienta cobrar 160 bonos (que totalizan $7.200) para Divorcios por presentación conjunta. Pregunté cuánto cobrar si era de común acuerdo con bienes y nadie contestó. Me tiré un lance y le cobré el 10% de la valuación fiscal del depto. que le quedaba a la mujer ($200.000 la valuación fiscal, $2.000.000 la valuación real). No sé si me quedé corto, estuvo bien o la maté.

Creo que eso de poner mínimos no ayuda en nada, porque siempre hay alguien que pide menos, aun por debajo de ese mínimo. Pero si no valoramos NOSOTROS nuestro trabajo, estamos sonados. Saludos y ojalá se dilucide este tema, que es MUY importante para pagar nuestros gastos.
 #1051479  por csr79
 
Trabajo mayormente el Provincia de Bs. As., donde la caja actualiza cada vez más seguido el valor del IUS Arancelario por lo que creo que hay que presupuestar muy bien nuestros honorarios para no quedarnos cortos al momento de la regulación. Yo saco la cuenta al momento de la consulta y si es de común acuerdo sin bienes multiplico x 30 el valor del IUS. Hoy da $8700. Eso es lo que estoy pasando hoy por hoy, más los aportes calculados al momento de la regulación. Hay que ser muy claros con el cliente para que luego no haya confusiones. Como permito que esos $8700 vayan siendo pagados a medida que avanza el proceso (entre 4 y 5 meses suelen demorar si no hay audiencia del 236) le aclaro que al momento de pagar los aportes deberá abonar el 20% y no el 10% (sino le estoy financiando demasiado y todo se desvaloriza). Si pagan en dos veces cobro el 10% de aportes. No hay riesgos ni trabajo de gusto ya que si no pagan no avanza. Primer pago adelanto de honorarios y gastos (ius, bono, tasa y sobretasa) y con eso presento la demanda. Suelen despachar la cuestión como de puro derecho si está cumplido el plazo de ley y como eso debe ser notificado cito a las partes a firmar y ahi nuevamente pagan otra parte. Cuando está para pedir sentencia se paga otro tanto y sino no lo muevo.
Si el estudio patrocina a ambas partes hago un descuento sobre el monto total, dependiendo del cliente.
Si hay bienes es más complejo, nadie paga sobre el valor real y las valuaciones fiscales están desfasadas al respecto, por lo que suelo hacer un mix y pasar el mínimo de ley que ya es bastante o sino les aclaro que eso lo regula el juez y doy más o menos un parámetro. Ojo, en Morón por ej. en un Tribunal me regularon como partidor y si no me equivoco fue el 3.5%.
Saludos!
 #1060021  por doctoracegi
 
srone escribió:que honorarios se debe cobrar por un divorcio de mutuo acuerdo donde como bines gananciales hay dos autos, una casa en Avellaneda prov. de Buenos Aires, se acordó alimentos , tenencia, régimen de visita. Yo voy por la señora tienen dos hijos uno de 5 y otro de 7 años.
Es para presentarlo en Capital Federal y gastos de cuanto seria aprox.
Gracias
Perdón que te cite, pero no sabía como incorporar mi consulta urgente. Terminé un vincular representando a ambas partes y me regularon $ 9.500,00 por el orden causado (que por lo que estoy leyendo es poco), inicie la ejecución de honorarios contra una de las partes por el monto total; pero el juzgado antes de proveerme me solicita porque le reclamo el total a una de las partes dado que es por el orden causado. Verbalmente le explique a una empleada que siendo patrocinante de ambos puedo ir contra cualquiera y posteriormente el ejecutado repetirá contra la otra parte; me dijeron lo manifieste por escrito. Necesito URGENTE QUE ME DEN SUS OPINIONES O MÁS ARGUMENTOS, DADO QUE EL VIERNES TENGO QUE PRESENTAR ESCRITO CON RESPUESTA O FUNDAMENTANDO PARA QUE NO ME TRABEN EL EXPEDIENTE, YA QUE ESTE JUZGADO NO SE CARACTERIZA POR REGULAR BUENOS HONORARIOS Y MENOS AÚN AGILIZAR LA EJECUCIÓN PARA QUE NOSOTROS (LOS QUE ESTAMOS DEL OTRO LADO DEL MOSTRADOR) OBTENGAMOS EL PAGO POR NUESTRA LABOR..
GRACIAS Y EN ESPERA DE UNA PRONTA RESPUESTA.