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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1060338  por ANGIE79
 
Hola como estan! tengo turno sacados (para jubilaciones comunes, una rural con todos los aportes y otra con la vieja ley). con tiempo antes de que salga esta resolucion para registra poderes. El problema es que no puedo obtener un turno para registra el poder y se me viene la fecha del turno!! voy igual sin registra poder ???? o tengo que cancelar el turno de la jubi?

Gracias
 #1060344  por coraso
 
Hola, no te hagas problemas, la registración del poder rige sólo para los turnos solicitados con posterioridad a la creación del registro.
Saludos
 #1060346  por sandrao
 
Hoy me informaron que si el turno se pidió antes del 16/9 no hay que registrar poder, si se pidió el 16/9 o posteriormente previamente hay que acreditar poder. Y me informaron que es para TODOS los trámites que realicemos, no sólo para jubilaciones.
 #1060350  por Emma2011
 
Hola, no obstante lo contestado por cosaso y sandrao (yo tambien tengo esa informacion), hay tanta mala onda en las Udais que si estuviera en tu lugar y es factible llevaría a mis clientes...no vaya a ser que por alguna causa no te tomen el trámite y es muy dificil conseguir nuevos turnos.
Saludos.
 #1060369  por mirtabeatrizb
 
hola En que Udai te dijeron que era para todos ls trámites? Sandrao porque tengo que presentar un reclamo administrativo para iniciar reajuste
tendre que ir a registrar poder? gracias slds
 #1060424  por fabidoc
 
lo dice claro la 32/14
I. Turno para tramitar prestación SIPA solicitado con anterioridad al 16/09/2014
y otorgado para concurrir a ANSES dentro del plazo de 120 días establecidos
para el Re-Empadronamiento:
Se respeta el turno otorgado y el Abogado y/o Gestor Administrativo
puede vincular la relación con su Poderdante en la Base de Poderes en el
momento de concurrir a ANSES para hacer efectivo el turno.
 #1060427  por sandrao
 
En Udai Villa Urquiza, yo decidí que por mi salud y la de las personas que trabajan conmigo no voy a iniciar jubilaciones con la nueva moratoria. Hoy fui por un turno de reajuste a Villa Urquiza y no tuve problemas porque el turno fue solicitado antes del 16/9, pero me aclararon muy amablemente que para los reajustes con turnos pedidos después del 16/9 tengo que acreditar poder. Hoy los chicos de Villa Urquiza (que siempre son muy amorosos y atentos) estaban muy nerviosos, una de las iniciadoras me comentó que los están cansando y que todo el día les bajan línea en contra de los abogados, que su jefa les pide constantemente que no hablen con abogados y hoy había un enano (que lo conozco de años y es lo más chupamedias que hay) que por ser camporista pasó de un día para el otro a ser supervisor que no se les despegaba de los iniciadores y les controlaba todo lo que hacían y decián. Hace rato los mismos iniciadores de Urquiza me comentaron que la jefa y el enano viven pendientes de lo que se dice en este foro
 #1060432  por NORMA
 
ANGIE79 escribió:Hola como estan! tengo turno sacados (para jubilaciones comunes, una rural con todos los aportes y otra con la vieja ley). con tiempo antes de que salga esta resolucion para registra poderes. El problema es que no puedo obtener un turno para registra el poder y se me viene la fecha del turno!! voy igual sin registra poder ???? o tengo que cancelar el turno de la jubi?

Gracias
Hoy presenté en Flores con turno pedido fines de agosto y no hubo problemas con el poder (No estaba registrado).La persona que me atendió fue amable como siempre.
 #1060443  por mirtabeatrizb
 
Sandrao si la jefa y el enano viven pendientes de este foro les mando saludos y les digo que todo vuelve y que los abogados vivimos de nuestro trabajo como ellos del suyo, lo que pasa que el resentimiento y la envidia los carcome, les deseo buena vida y que sean felices mientras les dure. slds a todos y todas !!!!
 #1060459  por lunita_roja
 
Espero que les caiga una lluvia de denuncias penales...a ver si se dejan de joder a la gente que estudió y sigue estudiando para trabajar dignamente y que no consiguieron su trabajo por un favor político. son una manga de ladrones.
 #1060526  por lucky
 
LA PREV. 31-10 (15/09/14) DICE EN ESTE PUNTO:

Titular y/o Representante

1. Se presenta el titular y/o representante con turno previo, requiriendo el alta o la modificación de representante para tramitar una prestación o requerir un servicio de una vigente. Deberán presentar la siguiente documentación:
Titular:
• Documento de identidad.
Representante:
• Documento de identidad.
• Documento de identidad del titular o fotocopia del mismo autenticada (Circular GP Nº 79/05 en caso de no presentarse).

De presentarse sólo el titular o representante:

Formulario Carta Poder debidamente cumplimentado con todos los datos, y corresponde considerar como autoridad competente a los efectos de la certificación de la firma a presentar ante esta Administración Nacional a los funcionarios o personas físicas que se detallan a continuación (PREV-16-15) o la que a futuro la reemplace:
• Autoridad Previsional
• Consular
• Judicial
• Oficiales de las Fuerzas de Seguridad, Prefectura Naval y Gendarmería
• Escribano Público
• Directores o Administradores de establecimientos Geriátricos, Hospitales Nacionales Provinciales, Municipales, como así también Clínicas y Sanatorios Privados, donde el beneficiario se encuentre internado
• Gestores autorizados
• Funcionarios autorizados del Registro Civil y Capacidad de las Personas
 #1060539  por alejandra01
 
pregunto: debo ir dos veces entonces?? certifiqué poder hace 2 meses con la clienta, y tengo su dni certificado...
debo ir con ella de nuevo a registrar el poder, y después otra vez el dia del turno???.
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