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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1060370  por yesicasegura
 
BUENAS GENTE, SOY NUEVITA!! INICIE UNA DEMANDA POR ALIMENTOS DE LA CUAL SE CORRIO TRASLADO EL 28 DE AGOSTO AL DEMANDADO, Y EL MISMO NO CONTESTO LA DEMANDA, PUEDO SOLICITAR QUE SE LO DECLARE EN REBELDIA Y SE ME DE LUGAR AL MOTO QUE SOLICITE EN LA MISMA!!DESDE YA MUCHAS GRACIAS
 #1060406  por deber
 
y la audiencia? :?:
 #1060411  por yesicasegura
 
TUVIMOS LA PRIMER AUDIENCIA DONDE SE PRESENTO CON SU ABOGADA Y AHI SE REALIZO EL SORTEO DEL MEDIADOR, EL 03 DE OCTUBRE TENEMOS LA SEGUNDA AUDIENCIA.. PERO NUNCA CONTESTO LA DEMANDA..NO PUEDO SOLICITAR LA REBELDIA??
 #1060570  por joseluis1107
 
Yésica, de que jurisdicción estás hablando, porque no se entiende bien lo del sorteo de mediador
 #1060662  por yesicasegura
 
Perdon!! Estoy en la provincia de Corrientes capital..aqui se haybdos audiencias.. la primera no es obligatoria la asistencia de las partes ya que se realiza para designar al mediador...y la segunda deberan asistir si o si las partes..en este caso el demandado asistio a la primer audiencia pero no contesto demanda
 #1060895  por sannicolas
 
Contesto desde Cordoba. Hay una diferencia entre no contestar demanda pero presentarse en audiencia. Si no contesto, perdio su oportunidad de ofrecer pruebas y ejercer derechos (expeciones...etc...). Si se presento a la audiencia, no esta en rebeldia porque ya tiene domicilio legal. Ahora lo que le conviene, es solicitar alimentos provisorios; embargo si existirian bienes; y solicitar la apertura a prueba. La primera que decretan es la confesional.- Ojo, estoy colaborando sin saber mucho mas...solicitaste litisexpensas? ( o sea deposito de $ para que el demandado se haga cargo de los gastos del tramiterio?) Tambien te deberian ordenar desde ya la apertura de la cuenta en el Banco Provincia para el deposito de los alimentos provisorios que son de aproximadamente $1200/1500 por hijo.-
 #1061016  por deber
 
sannicolas escribió:Contesto desde Cordoba. Hay una diferencia entre no contestar demanda pero presentarse en audiencia. Si no contesto, perdio su oportunidad de ofrecer pruebas y ejercer derechos (expeciones...etc...). Si se presento a la audiencia, no esta en rebeldia porque ya tiene domicilio legal. Ahora lo que le conviene, es solicitar alimentos provisorios; embargo si existirian bienes; y solicitar la apertura a prueba. La primera que decretan es la confesional.- Ojo, estoy colaborando sin saber mucho mas...solicitaste litisexpensas? ( o sea deposito de $ para que el demandado se haga cargo de los gastos del tramiterio?) Tambien te deberian ordenar desde ya la apertura de la cuenta en el Banco Provincia para el deposito de los alimentos provisorios que son de aproximadamente $1200/1500 por hijo.-

Coincido, no te conviene cerrar la etapa de prueba porque es donde podes demostrar estimativamente cuando gana el alimentante, en cuanto al tiempo que dure esa etapa dependerá de tu agilidad para llevarla adelante, una vez que producis la prueba pedís sentencia.
 #1062313  por yesicasegura
 
buenisimo muchas gracias!! los alimentos provisorios me los dieron al proveerme la demanda, por suerte son bastante rapidos aca en ese tema! mañana tengo la segunda audiencia, espero que lleguemos a un acuerdo!!muchas gracias de nuevo!!