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  • Como sigo desp de la sentencia de divorcio?

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1060228  por abogacia2012
 
Hola. Estoy llevando adelante un expediente de divorcio art. 242 inc. 2 unilateral en capital. El ex de mi clienta se declaró rebelde, dictaron la sentencia de divorcio con costas en el orden causado, mi clienta ya me pagó. Mi pregunta es: que tengo que esperar ahora y que escritos tengo que presentar ahora. Puede ser que tenga que esperar la notificación positiva de mi clienta y del ex? y luego como sigo. Disculpen pero soy nueva en esto. Gracias por ayudarme. Saludos.
 #1060454  por abogacia2012
 
Gracias Alejandra también. Las costas son en el orden causado, mi clienta me pagó los honorarios. El ex se declaró reberlde y no tiene trabajo en relación de dependencia, ni bienes a su nombre. Con el tema de las costas estoy en duda de como debe pagar mi clienta los gastos del proceso que no sean mis honorarios, no se dan valores de ello en la sentencia. Saludos.
 #1060476  por alejandra01
 
encárgate de que te pague los aportes porque sino no te van a librar el oficio y testimonio para la inscripción.
Los gastos de inscripción los hacés por gestoría, pasale los gastos o que vaya a La Plata ella cuando te pague los aportes y lo inscriba..
abogacia2012 escribió:Gracias Alejandra también. Las costas son en el orden causado, mi clienta me pagó los honorarios. El ex se declaró reberlde y no tiene trabajo en relación de dependencia, ni bienes a su nombre. Con el tema de las costas estoy en duda de como debe pagar mi clienta los gastos del proceso que no sean mis honorarios, no se dan valores de ello en la sentencia. Saludos.
 #1061026  por abogacia2012
 
Hola Squonk, buen día, cm estás?. Tengo una duda: en la cédula para notificar la sentencia, que va con copias de la misma, es suficiente que coloque esto nada más? porque son 4 fojas.

Hago saber a Ud. que en el Exp/ caratulado XX C/ HH s/ divorcio art. 214 inc 2 CC (unilateral), que se tramita por ante este tribunal, se ha dictado la siguiente resolución:
Buenos Aires, septiembre de 2014.- Y VISTOS: Para dictar sentencia definitiva en estos autos caratulados XX C/ HH s/ divorcio art. 214 inc 2 CC, de los que resulta:...FALLO...VII Notifíquese por secretaría, a las partes y a la Sra. Fiscal en su despacho, regístrese y oportunamente, archívese con conocimiento del Centro de información Judicial... Fdo:................................. Juez.
Se adjuntan copias........

Tengo que enviar cédula a mi clienta y al ex (rebelde)? o solo al ex?.
Además, de las cédulas ¿presento un escrito de que vengo a notificarme espontaneamente de la sentencia recaída en autos con fecha.........?

GRACIAS. SLDS.
 #1061701  por abogacia2012
 
Bueno, efectivamente las cédulas salieron y volvieron correctamente, positivas. Todo se aprende. Lo que sigue sería el oficio al Registro, no? y luego el escrito de diligenciamiento, ¿o tengo que presentar antes algún otro escrito sobre honorarios satisfechos, consentimiento de sentencia... Muchas gracias. Saludos.