Colegas tengo una duda respecto de si los empleados de comercio, que están encuadrados dentro de la Categoría Cajeros "A", deben percibir dicho adicional -que hoy es de $ 973,79 conforme escala salarial- ¿En forma mensual, o este importe se prorratea anualmente?
La duda me surge ya que no estoy seguro de la interpretar que hago del Art. 30 del CCT 130/75.
Desde ya muchas gracias, Mariano.
La duda me surge ya que no estoy seguro de la interpretar que hago del Art. 30 del CCT 130/75.
Desde ya muchas gracias, Mariano.