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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1060646  por marianoc
 
Estimada/os,

Les consulto sobre una liquidación durante el período de prueba, la misma comprende los siguientes 6 rubros:

1- Días proporcionales trabajados durante el mes del despido.
2- SAC proporcional.
3- Preaviso.
4- SAC sobre preaviso.
5- Indemnizaciones no gozadas.
6- SAC sobre vacaciones no gozadas.

¿Estoy en lo cierto?

Por otro lado entiendo que a pesar de tratarse de período de prueba, el empleador tiene la obligación de entregar la documentación del Art. 80, es así?

Muchas gracias, saludos. Mariano
 #1060709  por marianoc
 
IVANNAOC escribió:Si, a las dos preguntas. Esta bien.
Muchas gracias IVANNAOC,

Saludos, Mariano
 #1060760  por agentil
 
En el 5 corregí que va vacaciones no gozadas y no indemnizaciones no gozadas,

saludos!
 #1060773  por marianoc
 
agentil escribió:En el 5 corregí que va vacaciones no gozadas y no indemnizaciones no gozadas,

saludos!
Es correcto agentil, fue un error de redacción de mi parte. Igualmente muchísimas gracias.

Saludos, Mariano
 #1060847  por matpr
 
Ojo q si no te inscribió correctamente al trabajor.. Le corresponde la indemnización x antigüedad.. Ya q el periodo de prueba se considera rechazado x el empleador..
 #1060851  por marianoc
 
matpr escribió:Ojo q si no te inscribió correctamente al trabajor.. Le corresponde la indemnización x antigüedad.. Ya q el periodo de prueba se considera rechazado x el empleador..
Muchas gracias matpr, muy interesante su aporte. Ahora pregunto: ¿Donde y cómo verifico si inscribió correctamente? ¿Esto surge de la constancia de "Alta del Trabajador" emitida por la AFIP"?

En este caso concreto lo único que tengo es una fotocopia del contrato de trabajo a prueba, ya que no le dieron el original y la empleada llegó a sacar una copia del mismo.

Saludos, Mariano
 #1061096  por ta718
 
marianoc escribió:
matpr escribió:Ojo q si no te inscribió correctamente al trabajor.. Le corresponde la indemnización x antigüedad.. Ya q el periodo de prueba se considera rechazado x el empleador..
Muchas gracias matpr, muy interesante su aporte. Ahora pregunto: ¿Donde y cómo verifico si inscribió correctamente? ¿Esto surge de la constancia de "Alta del Trabajador" emitida por la AFIP"?

En este caso concreto lo único que tengo es una fotocopia del contrato de trabajo a prueba, ya que no le dieron el original y la empleada llegó a sacar una copia del mismo.

Saludos, Mariano
Si es así, hay que fijarse en constancia de "Alta del Trabajador" emitida por la AFIP, debe estar dado de alta con periodo de prueba, sino se entiende que lo renuncia y es contrato por tiempo indeterminado sin periodo de prueba.