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  • Medida preliminar: averiguar domicilio, y 22.172

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 #1060812  por reyleon
 
Por un daños y perjuicios que tramita en CABA, ya hace un tiempo que vengo corriendo al gil que me chocó sin seguro y me cansé de la bicicleta. Pasemos a los hechos, ya tengo el histórico de dominio, pero el asunto es que el tipo vendió el auto el 27 de enero de este año, y mi problema es a que domicilio le mando la CD para iniciar la mediación privada y luego el juicio.

Es decir, el domicilio que figure en el histórico de dominio puede no estar actualizado.

Hay alguna manera (alguna manera que me de sustento legal) de saber adonde lo notifico? se puede averiguar en cámara electoral fuera del marco de un proceso? como l hago?

Y ya que estamos, cuando lo tenga que notificar del inicio de proceso por cédula ley 22.172, cuando hacía procuración (hará un par de años) en las oficinas de notificación de Pcia. exigían que estuvieran intervenidas por un abogado matriculado en Pcia., pero también he visto cédulas diligenciadas sin intervención de un letrado en Pcia. ¿esto es obligatorio? y si me lo exigen, ¿de donde saco un colega que me la firme?

Como ven, son "preguntas de pichi", ya que (por ahora) eso es lo que soy!!! muchas gracias!

Saludos... G.
 #1060878  por legalescom
 
En cuando al domicilio del demandado:

La Cámara Nacional Electoral está ubicada en Av. de Mayo 255. El horario de atención es de lunes a viernes de 7:30 a 13:30. Allí es posible solicitar un informe brindando simplemente el nombre y apellido completo, y número de Documento Nacional de Identidad (o Libreta Cívica/Enrolamiento) de la persona respecto de la cual estamos interesados en obtener información. Este último dato es el fundamental.

En cuanto a la cédula, para diligenciar en Pcia. de Bs. As. , basta que figuren las personas autorizadas, sin necesidad de ser letrado y matriculado en Pcia.
 #1060891  por reyleon
 
Muchas gracias por responder!

Y lo de solicitar el informe en cámara electoral, se hace algún escrito solicitando, se completa un formulario, o es "a viva voz"? por otra parte, tiene algún costo el trámite?

Saludos... G.
 #1060902  por legalescom
 
Perdón reyleon, cuando se trate de cédulas Ley 22.172, se establece:

PERSONAS AUTORIZADAS

Art. 8º — Los oficios, cédulas, mandamientos y testimonios serán presentados para su tramitación por abogados o procuradores matriculados en la jurisdicción donde deba practicarse la medida. Cuando las personas autorizadas para intervenir en el trámite no revistiesen ese carácter, deberán sustituir la autorización a favor de profesionales matriculados.

Salvo limitación expresa, asumen todas las obligaciones y ejercen todos los derechos del mandatario judicial, inclusive el de sustituir la autorización. Están facultados para hacer peticiones tendientes al debido cumplimiento de la medida siempre que no alteren su objeto.
 #1061802  por reyleon
 
Les cuento que recién vengo de la Cámara Electoral, hice un escrito (tres ejemplares) solicitando el domicilio actual de una persona, compré dos estampillas de $ 5 en el CPACF y lo entregué. Me dijo el empleado que el informe demora 20 días corridos.

Y a tenor de lo comentado respecto de notificaciones por cédula, quisiera preguntarle a los colegas que tienen que notificar en Pcia. de Bs. As. y no están matriculados, ¿como hacen? -> ya sé que hay gestorías, pero es una pena pagar por eso cuando hay que notificar cerquita (San Martín, Moron, etc.) y máxime siendo uno abogado bisoño que me sobra el tiempo y me faltan los $$$. Es un civil por daños y perjuicios.

Desde ya muchas garcias!

Saludos... G.