Si èl la demanda por adulterio " y puede probarlo", ella serìa la parte perdedora en el juicio, deberìa afrontar las costas y si el lo solicitara le deberìa alimentos.
Con respecto a la tenencia de los hijos, si son menores de 6 años, no tendrìa relevancia sobre la misma. Se le niega la tenecia a la madre en casos muy extremos donde es evidente que el estilo de vida de ella podrìa perjudicar moral y siquicamente a los hijos.
Si tienen màs de 6 años, el juez tiene el arbitrio de escuchar a los niños y en su caso decidir con quièn estarìan mejor
De todos modos la actual tendendencia es a la "tenencia compartida".
El padre que ostente la tenencia, tendra derecho a ocupar la vivienda familiar, hasta que los menores lleguen a la mayoria de edad, sea el bien ganancial o propio de la otra parte.