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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1060841  por milenaxxi
 
Buenas Tardes Colegas.
El caso es el siguiente: despido de un chico que trabajo 10 años para una empresa que contrata Telecom. Revisando sus recibos de sueldo, veo que siempre estuvo en la misma categoría, sin embargo el desarrollo distintas tareas en esos 10 años.Dichos cambios de tarea nunca se vieron reflejados en su recibo de sueldo, por lo tanto le abonaban menos de lo que en realidad le correspondía.
Preguntas:
1) Reclamo diferencias salariales. por 2 años para atrás? o por todo el periodo trabajado?
2) Teniendo en cuenta que le abonaron el Fondo de Cese Laboral. hago el calculo para ver si esta bien liquidado? teniendo en cuenta que dicho fondo se forma con los aportes mensuales que el empleador debe hacer desde el comienzo de la relación laboral, siendo del 12 % en el primer año, y del 8% en los años siguientes. Intimo a que me entreguen constancia fehaciente del deposito de los aportes conforme el art 29 Ley 22250?
3) Con respecto a la antigüedad, cuando le debían pagar por mes?
4) Su tarea también comprendía excavar zanjas para tendido de cable telefónico. reclamo el adicional que prevé el CCT del 10% sobre el salario basico.Lo mandaron de viaje del trabajo a otra provincia.otro adicional ?

Desde ya agradecida por su tiempo.
(soy nueva en el foro)
 #1061338  por IVANNAOC
 
1. Si. Reclama todo el periodo de prescripcion.
2 y 4. Si
La 3. no la entiendo.
 #1061339  por IVANNAOC
 
1. Si. Reclama todo el periodo de prescripcion.
2 y 4. Si
La 3. no la entiendo..
 #1061403  por milenaxxi
 
En el recibo de sueldo le fijara un rubro por antiguedad: $xxxx, otro de beneficios: $ xxxx. asistencia no le pagaron en todo este año, y el CCT dice que le deben de abonar el 20% por quincena de asistencia perfecta ( y el chico no falto a trabajar).Entonces quiero saber si esta bien pago ese rubro de la antiguedad.
Por otra parte quiero saber si las diferencias salariales las reclamo solo por los 2 años para atras?
Ademas al estar mal categoriazado el obrero entiendo que le deben de hacer de nuevo la liquidacion final y pagarle la diferencia, porque la mal categorizacion va repercutir en lo pagado por hs extras, sac, v la vacaciones.
Entiendo que tambien le van a tener que pagar la diferencia por el fondo de cese laboral.
Leyendo el convenio le deberian de pagar. 1) adicional del 10%sobre el basico por excavar zanjas.
2) adicional por altura ( porque sube a los postes)
3) adicional por categoria ( entiendo que el tendria que haber estado como medio oficial.no como ayudant)
4) adicional por sistencia perfecta.
5) bonificacion especial por ser encargado de obra.
Todo esto segun CCT 76/75 *
Desde muchas gracias por su tiempo y aportes es de gran ayuda para mi
 #1061411  por milenaxxi
 
El art 29 ley 22250 dice que le deben de entregar constancia fehaciente del deposito de los aportes al fondo, y el art 33 inc a) dispone una multa cuando no cumpla la obligacion del art 29: reclamo esto tambien?
Le pregunte si le entregaron la libreta de aportes ( llame al IERIC y me informan que dicha libreta ha sido sustituida por una tarjeta o credencial) esa tarjeta si se la entregaron. Corresponde la multa del art 18 ley 22250?y la multa del art 19 ?
*leo* *leo*