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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #1061410  por sog
 
Tengo que pedir enviar a un cliente a sacar un poder para ver un expte que esta archivado y me surge la duda de si tengo que pedir turno para eso, De igual modo me consultaron si para tramitar un poder para cobrar (madre a su hija) tiene que sacar turno.
Alguien sabe como es ahora el tema de este tipo de poderes y de aquellos que no esten vinculados con la nueva moratoria?
 #1061426  por NOEMI000
 
Buenos días!: el jueves me informaron en Udai Pacífico que para cualquier tipo de gestión (sábana de aportes, RUB, vista de expedientes, etc) se necesita tener el poder ya registrado. Están exceptuados los familiares.
Todavía no fuí al archivo de San Martín por lo tanto no se si te exigen que el poder esté registrado. Espero que no!.
 #1061427  por mariairene
 
A mi me dijeron que hay que sacar turno para registrar poder, no se a partir de que fecha es asi, no se puede sacar turno mas directamente para jubilarse sino no hay poder registrado.
 #1061483  por sog
 
Yo tengo un poder certificado por Anses Hurlingham con fecha 17/09, tengo que Registrarlo igual:?
 #1061549  por NOEMI000
 
Entiendo que sí. La Resolución que obliga registrar los poderes es del 16/9. A partir de ahora yo opté por sacarle turno para registrar poderes para todos los clientes con trámites a iniciar y ya iniciados, puesto que para pedir una vista de un expediente y retirar el cómputo debes tener poder registrado (aunque el trámite sea anterior a la resolución y el poder en papel esté en el expediente).