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 #1061946  por silmo2006
 
Buenas tardes, recién comienzo en la profesión, tengo un cliente que compro un depto en capital federal, el edificio es a estrenar, se termino de construir en Noviembre del 2013, el compro de contado, tomo posesión en Enero del corriente año.
Resulta que el edificio está presentando vicios redhibitorios ( ya que una pared, de la cochera del edificio, que da a unas vías del tren, se está rajando toda).
El ascensor, parase que no está habilitado correctamente (por lo menos, no figura ningún papel de la habilitación y teléfonos del servicie).
Todavía están todos los propietarios con la luz de obra, por lo que implica que se les corte la luz cada tanto.
Mi cliente que compro de contado, todavía no lo llaman para escriturar.
El administrador esta puesto por la empresa constructora y nunca les atiende el teléfono a los propietarios (los propietarios tienen un solo horario para llamar que es de lunes a viernes de 14 a 16 hs. para hacer las consultas), pero así llamando en ese horario nunca se encuentra el administrador o no los atienden.
la redacción del reglamento la hizo la empresa constructora y si o si los propietarios se tienen que ajustar a él. (el nuevo administrador es amigo o pariente del dueño de la empresa constructora).

Mañana jueves, los propietarios hacen una reunión y mi cliente quiere que este yo ahí
mi preguntas son:
aparte de aconsejar al consorcio que envíen carta documento al dueño de la empresa constructora (que es el mismo dueño del terreno), por los vicios redhibitorios, de la pared quebrada o rajada, les tengo que decir que llaman a un perito ingeniero y otro arquitecto, para que estudien si la construcción está hecha de acuerdo al estudio del suelo?
Con el tema del ascensor, mando carta documento al dueño del terreno y/o empresa constructora o al administrador?
Con la luz de obra, la empresa constructora tampoco les atiende el teléfono.
El edificio está ubicado en un buen lugar, en Yerbal al 800, en capital federal, o sea que no es edificio ni tomado y la gente es toda trabajadora, que me aconsejan, o voy por la ley del consumidor o por cartas documentos. Como lo encaro?.
Les aconsejo que remuevan el administrador y designen a otro?
Y si me pueden recomendar un libro sobre la Ley 13512
 #1062010  por reyleon
 
Como primera medida tendrías que analizar toda la documental que tenga tu cliente, porque puede suceder (por ejemplo) que la constructora se haya comprometido a entregar el final de obra y escriturar -digamos- en 2025, entonces ¿a que la vas a intimar?

Otra cosa, es facultad de la empresa contructora designar un administrador, sin perjuicio de que luego los copropietarios decidan removerlo, lo mismo que el reglamento de copropietarios. La joda es que para ser modificado debe serlo por más de las 2/3 partes, a tenor de la 13.512, lo cual es jodido de conseguir, y además caro de hacer.

Respecto de los vicios, te conviene llamar a un arquitenco matriculado y que haga un informe, ya que seguro el balurdo termina en juicio. Además, sería bueno que el arquitenco sepa que esto va para juicio y acepte ser enido con posterioridad como "consultor técnico".

A todo esto, ir a juicio es ni más ni menos que reclamar suma de dinero para los copropietarios, porque ese tipo de vicios por lo general no admiten ser reparados. Acá es bueno embarrar también al / los arquitectos que hayan participado y / o estado a cargo del proyecto: cuando la amenaza les recae en perder la matrícula, empiuezan a preocuparse, y tal vez junten una suma indemnizatoria que sea aceptada por los copropietarios.

Respecto del ascensor, por lo general los administradores no joden con eso, porque les sale poca guita cubrirse las espaldas. Fijate en el resumen de expensas que debe figurar la empresa encargada de su mantenimiento.

Saludos... G.