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  • CONSULTA SOBRE DECLARATORIA DE HEREDEROS

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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1062322  por veronicabac
 
Hola estimados colegas... mi consulta es la sgte: en el 2007 mi madre inicio el sucesorio se su padre en mardel, ella tiene 2 medios hermanos, uno de ellos cedio su herencia y el cesionario en el 2011 la intimo a mi madre a que acepte o repudie la herencia por el art 3314 y ella guardo silencio... resulta q el dia 30 de sept de 2014 salio la declaratoria de herederos y el juez la excluyo a mi madre..osea no la declaro heredera... quiero saber: Deberia solicitar una ampliacion de la declaratoria o una impugnacion? y puedo hacerlo en cualquier momento o deberia interponer un recurso de revocatoria contra la declaratoria dictada por el juez.... agradeceria muchisimo su ayuda porque no tengo mucha experiencia y necesito resolverlo ahora
 #1062519  por veronicabac
 
hola santi: gracias por la respuesta... en que te basaste para darme esa respuesta..? es por el falle de dictado por la Camara Civil 2° de la Capital del 1/4/1946...? Porque Borda en su tratado dice lo contrario.. dice que es muy excesivo dar al heredero por renunciante si no contesta..
 #1062565  por santiheladero
 
A ver:
una cosa es el derecho a aceptar una sucesion que es por 20 años. Si pasan esos 20 años sin pronunciarse el heredero se lo tiene como tal.
Pero cuando existe intimacion por el 3314 para que el heredero acepte la herencia, su silencio lo tiene por renunciante.

Pero, ese articulo habla de terceros..

Art. 3.314. Los terceros interesados pueden exigir que el heredero acepte o repudie la herencia en un término que no pase de treinta días, sin perjuicio de lo que se dispone sobre el beneficio de inventario.

Ahora bien, yo entiendo que la notificacion q se le hizo al heredero de la apertura de la sucesion opera como tal, y po tanto este se puede presentar en la sucesion y en tal caso pedir que se lo tenga como heredero, acreditando los vinculos. Esto va a llevar a una ampliacion de la declaratoria.
Mi respuesta es por esa "intimacion" que vos señalas.
Si vas a pedir nulidad de la declaratoria, ese articulo cuando habla de "terceros " y no de "hredero" para intimar la aceptacion de herencia es la clave.
 #1062668  por veronicabac
 
Gracias de nuevo Santi... ahora me quedo muchisimo mas claro... yo quiero incluirla dentro de la declaratoria... asi que voy a pedir una ampliacion de la misma... me sirvio un monton el dato....