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  • Preguntonta Sucesión- Post partición, que hago??

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 #1062271  por Brunito
 
Hola gente, pregunta:llegue a la DH, denuncie un bien y presente un acuerdo en que dos de las herederas le ceden a la otra el bien simulando que la que lo recibe se hace cargos de gastos, etc.Fue un escrito presentado en el expediente y parece que lo tomaron porque hubo audiencia de ratificación del acuerdo. Luego de la audiencia el juzgado no dijo nada y nose bien que tengo que hacer. Quier suponer que el acuerdo ya esta aprobado. Ahora que toca inscribir el bien???? encargo la cedula catastral y todo o antes el juzgado me tiene que autorizar la inscripción o tiene que ir vista al fiscal o algo asi??? disculpen pero hasta ahora nunca llegue a inscribir y menos despues de un acuerdo de estos. gracias
 #1062281  por legalescom
 
Te debo decir que, la cesión de derechos hereditarios, se debe hacer por escritura pública, no por acta judicial. Podés tener problemas, por parte del Registro, cuando vayas a inscribir, sobre todo, en Capital y Pcia. de Buenos Aires.
 #1062576  por Brunito
 
ok pero si el juzgado me lo tomo y ratifico el convenio en audiencia, que onda me lo puede rechazar el registro??? y ahora que pido que homologuen el convenio o pido inscripción???
 #1062590  por legalescom
 
Respecto a lo que te dijera, la disposición técnica registral, del Registro de la Provincia de Bs. As., N° 27/87, en su art. 1, dice: "Sólo se procederá a la toma de razón de las cesiones y derechos hereditarios instrumentadas en escritura pública, rechazándose las actas judiciales o escritos presentados en el sucesorio con firma ratificadas por el actuario". Ver en http://www.derechosrealesbsas.com.ar/ce ... 0-2787/433