tengo un representado, al cual lo defiendo contra su art por un tema de accidente laboral con discapacidad, en proceso durante este año en curso,a mi defendido, lo despidieron de su trabajo, este viernes. firmó su "papel de despido" en su lugar de trabajo al ingresar como todos los días.
nosotros ya tenemos en rampa de salida, lista, una PRUEBA PRELIMINAR para el SECUESTRO de la HISTORIA CLÍNICA de su PREOCUPACIONAL, donde consta que para su alta laboral, su estado de salud debía ser el óptimo, y que para el trabajo que desempeñaba su columna estaba en condiciones de afrontarlo, bueno, eso ya lo tenemos pero...
en el interín en que nosotros accionamos contra la art por el daños de las lesiones, porque nuestro defendido en un accidente de trabajo, in situ, queda con una incapacidad para mover o trasladar objetos de formas incómodas o pesados, la lesión es en la columna, la art le da el alta laboral, el hombre continúa tratamientos, y del trabajo lo despiden.
nuestra idea es que agarre la plata de la indemnización y seguirle el juicio contra la art y que luego, cuando se resuelva, agarre también, la plata por la indemnización por la DISCAPACIDAD que resultó debido al ACCIDENTE LABORAL.
mi pregunta puntual es:
si agarra la plata por la indemnización del DESPIDO, ese acto; no nos invalida a reclamar indemnización contra la art, por la DISCAPACIDAD? es viable una carta documento, o el enviarle una carta documento invalidaría el cobro de la indemnización LABORAL?
nosotros ya tenemos en rampa de salida, lista, una PRUEBA PRELIMINAR para el SECUESTRO de la HISTORIA CLÍNICA de su PREOCUPACIONAL, donde consta que para su alta laboral, su estado de salud debía ser el óptimo, y que para el trabajo que desempeñaba su columna estaba en condiciones de afrontarlo, bueno, eso ya lo tenemos pero...
en el interín en que nosotros accionamos contra la art por el daños de las lesiones, porque nuestro defendido en un accidente de trabajo, in situ, queda con una incapacidad para mover o trasladar objetos de formas incómodas o pesados, la lesión es en la columna, la art le da el alta laboral, el hombre continúa tratamientos, y del trabajo lo despiden.
nuestra idea es que agarre la plata de la indemnización y seguirle el juicio contra la art y que luego, cuando se resuelva, agarre también, la plata por la indemnización por la DISCAPACIDAD que resultó debido al ACCIDENTE LABORAL.
mi pregunta puntual es:
si agarra la plata por la indemnización del DESPIDO, ese acto; no nos invalida a reclamar indemnización contra la art, por la DISCAPACIDAD? es viable una carta documento, o el enviarle una carta documento invalidaría el cobro de la indemnización LABORAL?