Colegas hago una consulta, en una sucesión en pcia de bs as (partición judicial por falta de acuerdo entre herederos)se designa perito para que valúe el inmueble.
Sale este proveido ..."Atento lo solicitado, a fin de que el perito designado en autos pueda ingresar al inmueble integrante del acervo hereditario para cumplir con la tarea encomendada, líbrese mandamiento.-"
Quien debe presentar este mandamiento? yo(la letrada), o el perito? A mi entender es el perito pero atento pasan los dias y nada me entró la duda. Alguien tiene idea? y si soy yo quien debe redactarlo tienen idea si es como cualquier otro o debo tener algún recaudo ?
Sale este proveido ..."Atento lo solicitado, a fin de que el perito designado en autos pueda ingresar al inmueble integrante del acervo hereditario para cumplir con la tarea encomendada, líbrese mandamiento.-"
Quien debe presentar este mandamiento? yo(la letrada), o el perito? A mi entender es el perito pero atento pasan los dias y nada me entró la duda. Alguien tiene idea? y si soy yo quien debe redactarlo tienen idea si es como cualquier otro o debo tener algún recaudo ?
He aprendido que las oportunidades no se pierden nunca...las que tu dejas marchar las aprovecha otro.-
