Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • PROBAR EXISTENCIA DE CONTENIDO DE WEB

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #1062605  por cinsonte
 
Colegas, me surgió la siguiente cuestión y me gustaría su opinión.

debo presentar en un juicio la impresión de pantalla de dos paginas web´s cuyo contenido hace a la prueba de mi parte.

LA CUESTIÓN ES LA SIGUIENTE:

Es necesario hacerlo por medio de un acta de constatación por escribano del contenido de esa web? o solamente adjunto la impresión de pantalla y denuncio el link en que se encuentra.

El problema con la constatación radica en que mi cliente no cuenta con recursos para abonarlo.

Agradecería cualquier idea respecto de otros medios para aportar esta prueba.

desde ya, muchas gracias!
 #1062676  por Santina87
 
Es verdad, el acta de constatación ante escribano es bastante onerosa.
Se me ocurre, que como medida preliminar, pidas se certifique la página web por medio del juzgado.
Quizás, debas esperar otras opiniones..
Suerte
 #1062735  por cinsonte
 
Gracias por responder. Si, estoy pensando pedirlo como prueba anticipada, por lo menos según mi interpretación el código me habilita.

ARTÍCULO 328.- Prueba anticipada. Los que son o vayan a ser parte en un proceso de conocimiento y tienen motivos justificados para temer que la producción de sus pruebas pueda resultar imposible o muy dificultosa en el período de prueba, pueden solicitar que se produzcan anticipadamente las siguientes:
1) declaración de algún testigo de muy avanzada edad, o que está gravemente enfermo o próximo a ausentarse del país;
2) reconocimiento judicial o dictamen pericial para hacer constar la existencia de documentos, o el estado, calidad o condición de cosas o de lugares;
3) pedido de informes.

De todas maneras, creo que no me queda otra opción.
 #1062759  por DRA. MACA
 
Pedila, pero para dar fe de ese contenido debe ser alguien especializado en el tema, y el juez no va a dar fe de ello o meterse en una pagina web.
 #1062764  por deber
 
cinsonte escribió:Colegas, me surgió la siguiente cuestión y me gustaría su opinión.

debo presentar en un juicio la impresión de pantalla de dos paginas web´s cuyo contenido hace a la prueba de mi parte.

LA CUESTIÓN ES LA SIGUIENTE:

Es necesario hacerlo por medio de un acta de constatación por escribano del contenido de esa web? o solamente adjunto la impresión de pantalla y denuncio el link en que se encuentra.

El problema con la constatación radica en que mi cliente no cuenta con recursos para abonarlo.

Agradecería cualquier idea respecto de otros medios para aportar esta prueba.

desde ya, muchas gracias!



Lo mejor es el acta de constatación,

pero podes pedir la prueba anticipada con un perito informatico , presuciones simples, completar testigos, etc, pero si el juicio versa sobre eso me parece que tu cliente tiene que hacer un esfuerzo y pagar el escribano

también sino, si es un dyp, : pacto de couta Litis (cobra un porcentaje mayor) y hacete cargo de los gastos...asi te aseguras la conducencia la prueba
 #1062791  por DRA. MACA
 
Es escribano cobra 3 mil pesos por página segun arancel que les da el Colegio de Escribanos, y con respecto al perito, tambien lo debe pagar el.

Y lamentablemente sin dinero nada va a poderse hacer, deciselo sin rodeos.
 #1062792  por DRA. MACA
 
deber escribió:
cinsonte escribió:Colegas, me surgió la siguiente cuestión y me gustaría su opinión.

debo presentar en un juicio la impresión de pantalla de dos paginas web´s cuyo contenido hace a la prueba de mi parte.

LA CUESTIÓN ES LA SIGUIENTE:

Es necesario hacerlo por medio de un acta de constatación por escribano del contenido de esa web? o solamente adjunto la impresión de pantalla y denuncio el link en que se encuentra.

El problema con la constatación radica en que mi cliente no cuenta con recursos para abonarlo.

Agradecería cualquier idea respecto de otros medios para aportar esta prueba.

desde ya, muchas gracias!



Lo mejor es el acta de constatación,

pero podes pedir la prueba anticipada con un perito informatico , presuciones simples, completar testigos, etc, pero si el juicio versa sobre eso me parece que tu cliente tiene que hacer un esfuerzo y pagar el escribano

también sino, si es un dyp, : pacto de couta Litis (cobra un porcentaje mayor) y hacete cargo de los gastos...asi te aseguras la conducencia la prueba

Que letrado va a pagar como 10 lucas de su bolsillo? Porque son tres mil por pantalla de pc...de mi bolsillo no pongo un centavo y si el cliente no tiene dinero, que vaya al patrocinio gratuito.
 #1062930  por deber
 
DRA. MACA escribió:
deber escribió:
cinsonte escribió:Colegas, me surgió la siguiente cuestión y me gustaría su opinión.

debo presentar en un juicio la impresión de pantalla de dos paginas web´s cuyo contenido hace a la prueba de mi parte.

LA CUESTIÓN ES LA SIGUIENTE:

Es necesario hacerlo por medio de un acta de constatación por escribano del contenido de esa web? o solamente adjunto la impresión de pantalla y denuncio el link en que se encuentra.

El problema con la constatación radica en que mi cliente no cuenta con recursos para abonarlo.

Agradecería cualquier idea respecto de otros medios para aportar esta prueba.

desde ya, muchas gracias!



Lo mejor es el acta de constatación,

pero podes pedir la prueba anticipada con un perito informatico , presuciones simples, completar testigos, etc, pero si el juicio versa sobre eso me parece que tu cliente tiene que hacer un esfuerzo y pagar el escribano

también sino, si es un dyp, : pacto de couta Litis (cobra un porcentaje mayor) y hacete cargo de los gastos...asi te aseguras la conducencia la prueba

Que letrado va a pagar como 10 lucas de su bolsillo? Porque son tres mil por pantalla de pc...de mi bolsillo no pongo un centavo y si el cliente no tiene dinero, que vaya al patrocinio gratuito.


todo depede del valor del juicio, si la sumas son considerable, yo lo haria previo pacto de couta Litis de por lo menos el 40... todo es relativo, sino chau picho, que vaya a pedir un abogado defensoria de pobres..
 #1062961  por DRA. MACA
 
En un daños no podés saber nunca si ganás o perdés, ´podés tener mil pruebas a favor y decir listo ya gané...lei la sentencia de un colega en donde iba todo a favor, los testigos "se abatataron" y cada uno dijo cosas diferentes, cuestion, perdieron el juicio, gracias a eso...
 #1063048  por deber
 
los testigos nunca son suficientes para formar la convicción del juez, si perdió el juicio por eso me parece una impericia total, debió haber apelado por lo menos...
 #1063108  por DRA. MACA
 
deber escribió:los testigos nunca son suficientes para formar la convicción del juez, si perdió el juicio por eso me parece una impericia total, debió haber apelado por lo menos...
Supongo que apeló no lo se, de todas maneras sabemos que ni a nosotros mismos ni al cliente podemos asegurar el resultado del juicio.
 #1063312  por deber
 
Eso de nosotros mismos no es asi, cuando yo litigo lo hago con la convicción de ganar, sino no lo hago, busco la solucion mas amigable, o intento llegar a una solución amigable. En cuanto al cliente es cierto que no debemos asegurarle el resultado, porque no esta a nuestro alcance, y asi debe ser. El colega pidió ideas y yo se las di, estará por èl avaluar cual se ajusta mas a su situación, en ningún momento, le dije que asegurara el resultado.- Como dice la Rosenfeld resisto archivos jajaja
 #1063337  por DRA. MACA
 
Si, es asi, fijate y pensalo.