alguien que me pueda sacar una duda sobre el nuevo sistema de notificaciones electronicas: viendo el instructivo que hicieron por este tema dicen que tenemos que consituir en las causas que estamos el domicilio electronico que es el CUIT o CUIL de cada letrado. Ahora entras al sistema y las causas nuevas ya estan cargadas con tu domicilio electronico entonces alguien sabe si el asunto sigue asi o lo carga automaticamente el sistema? que pasa con las causas viejas que siguen en el sistema de papel ¿tambien es necesario la constitucion del domicilio electronico?. gracias
Abogado, Jurisconsulto y manyapapeles. Solo los estupidos y los fanaticos estan llenos de certezas, yo por mi parte estoy lleno de dudas.