coelgas, tengo un sentencia de alimentos, debo practicar de nuevo la liquidacion. como ejecuto la liquidacion por incidente?
doctorajunior escribió:coelgas, tengo un sentencia de alimentos, debo practicar de nuevo la liquidacion. como ejecuto la liquidacion por incidente?explica un poco mas si hay liquidación que se liquido, si esta sustanciada, si esta aprobada...
luego de la sentencia liquidas lo que se debe por el transcurso del juicio, para que fijen couta suplementaria, descontando lo que se haya fijado (y pagado) como provisorios.
Si hubo sentencia y no se liquido nada, liquida todo los alimentos adeudados por el juicio, y los debidos luego de la sentencia y solicita se intime a estos últimos a su pago bajo aperc de embargo