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A pedido de los usuarios, un nuevo Foro dedicado exclusivamente al Derecho de Familia
 #1062671  por Santina87
 
Hola, el padre inicia demanda por tenencia con medida cautelar ( se le otorgue tenencia provisoria) de su hija mayor de 10años. En el interim, mientras se encontraba a despacho dicho expte. por casi un mes (del cual se terminó desglosando la demanda), se fija aud. etapa previa para fines de oct..-

En el interim : la madre inicia restitución. Se llama a audiencia por la restitución, se restituye la tenencia, con amplio reg de visitas (porque el padre trabaja) la madre NO (si bien el padre en este poco tiempo que la hija le pidió vivir con él nunca le impidió a la madre verla), simplemente que a su criterio como padre existen causas graves que hacen viable que pida la tenencia de su hija. Entonces se restituye la tenencia a la madre! se firma acuerdo , pero sin atender a las causas graves que dieron origen a que la nena quisiera vivir con su padre.

Ahora al padre, le han realizado un embargo judicial (que se supone por cuota alimentaria).. pueden embargarlo mediante percepción directa? sin previo aviso? o es necesario el inicio de un incidente por cuota alimentaria y la notificación de ello al alimentante, que jamás incumplió con sus deberes de padre. Ya que la madre no trabaja, y él afronta los gastos de sus hijos.
A los colegas que sean más experimentados en derecho de flia. les agradezco la mano que me puedan dar.
Sds.
 #1062682  por drjuancarlos
 
Hola, te cuento que pudo haber ocurrido que la madre le haya iniciado los alimentos y pedido una cuota provisoria con retención de haberes y por ello le estén reteniendo (el embargo sería). Eso pasa y no es necesario que primero le avisen. Yo lo pido así cuando veo un panorama donde el alimentante será medio duro, para asegurar.-
Espero haberte sido útil y cualquier cosa pregunta. Saludos.-
 #1062684  por Santina87
 
dr.juancarlos, gracias por tu respuesta.
la audiencia por restitución fue hace menos de una semana, donde se dispuso la tenencia a favor dela madre.
Puede haber iniciado en la misma restitución los alimentos? no pude ver ese expte, ya que en este juzgado usualmente suelen estar a despacho largamente.
Mi cliente está manteniendo a su hija, nunca le negó nada, y se preocupa por su bienestar , es la madre la que no se ocupa de ella y su conducta no es acorde a la moral y bs. costumbres.-
No siempre la madre es la mejor opción para los hijos menores, muchas veces el más apto es el padre, pero eso no suele advertirse en la audiencia, ni siquiera escuchando a los chicos, ni los psicólogos se dan cuenta!! y mucho menos los jueces.

El embargo, en definitiva es lo que menos afecta a mi cliente. La preocupación que tiene es que la nena salga perjudicada en todo sentido al "cuidado" de su madre. Como verás, a fin de mes tenemos audiencia por la tenencia, y allí recién podrá expresarse en cuanto a las causas que lo llevaron a pedirla.
Que opinas?
 #1062685  por Santina87
 
drjuancarlos escribió:Hola, te cuento que pudo haber ocurrido que la madre le haya iniciado los alimentos y pedido una cuota provisoria con retención de haberes y por ello le estén reteniendo (el embargo sería). Eso pasa y no es necesario que primero le avisen. Yo lo pido así cuando veo un panorama donde el alimentante será medio duro, para asegurar.-
Espero haberte sido útil y cualquier cosa pregunta. Saludos.-
De ser así, que seguramente lo es, no debió mencionarse en la audiencia que tuvimos por la restitución?
Gracias.
Saludos.
 #1063428  por drjuancarlos
 
Hola santina87, respecto la lo que me decís de la restitución y la tenencia, es así lamentablemente, en la audiencia que tengas de la tenencia manifestá el por qué del pedido obvio la otra parte va a decir que nada que ver, la realidad es muy difícil que te den la tenencia provisoria, por lo menos a mi nunca me la dieron acá en morón, si bien después la obtuvimos.
Y respecto a tu duda, de dónde le embargaron el sueldo a tu cliente, acércate a la receptoría de exptes. y consultá con los datos de tu cliente y te saltan todos los exptes que hayan iniciado en los que el sea parte, este notificado o no. Y así podrás saber si se ha iniciado un alimentos o lo que sea.
Y no necesariamente se tenía que haber mencionado que le están reclamando alimentos en la audiencia que tuviste.-
Saludos.-
 #1063442  por Santina87
 
drjuancarlos, muy clara tu respuesta.
Me sirvió muchísimo tu ayuda.
Saludos!