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  • Accidente de trabajo. Liquidacion + beneficiosa

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 #1063050  por Loneliness
 
Estimados,
en definitiva cual termina siendo la liquidacion mas beneficiosa para una accidentado antes de la nueva ley
La de la LRT anterior con los beneficios de la nueva
O la reparación civil?
De la aplicación de la formula de "MENDEZ", entiendo que la reparacion integral civil sigue siendo mas baneficiosa, pero veo muchos casos en que colegas solicitan la aplicacion de la LRT, con los beneficios de la nueva Ley, pero no entiendo cual es el motivo
podrian ayudarme?
Gracias de antemamo
 #1063095  por IVANNAOC
 
1. Cual termina siendo la liquidacion mas beneficiosa para una accidentado antes de la nueva ley
La de la LRT anterior con los beneficios de la nueva
O la reparación civil?

Obviamente en esta ultima es mas abultado el monto. No se si decir la mas baneficiosa, porque en la Integral, y aqui el gran miedo de no plantearla, es que tendras que probar los 3 presup de responsabilidad civil de las ART, que es algo complicado si no tenes la prueba correcta.
Tenés que acreditar los tres presup de responsabilidad civil de las ART, que son: : antijuridicidad (no cumplir las normas de Higiene y Seg), daño(el siniestro) , y la relación causal entre la omisión de la ART a las normas de seg e hig y el daño. Lee Fallo Torillo y Silva c/ Unilever.
- "Silva, Zunilda Itati c/ Provincia ART s/ accidente-acción civil" - CNTRAB - SALA V - 15/04/2010 –
Hay q probar los presup de resp civil con perito ingeniero en hig y seg, y ofrecer perito de parte. Y es algo complicado. No imposible si tenes la certeza que podes probarlo, uno, mas o menos intuye eso. Consulta con un legista, o un experto en Hig y seg.

2.. De la aplicación de la formula de "MENDEZ", entiendo que la reparacion integral civil sigue siendo mas baneficiosa, pero veo muchos casos en que colegas solicitan la aplicacion de la LRT, con los beneficios de la nueva Ley, pero no entiendo cual es el motivo
podrian ayudarme?

La Formula VuotoMendez, fue desestimada por la CSJN en el fallo Arostegui en 2008, asi que, al menos, yo no la uso para liquidar. Lee Lucca de Hoz tambien.
Lo que hago, en la Integral, es pedir Daño emergente, Lucro Cesante, Perdida de la Chance, Daño Moral, Estetico, etc, estimando solo en pesos el monto del primero, del daño emergente y a los otros los dejo al arbitrio del juez. Esto ultimo lo he planteado en una acción extrasistémica (por Rep Integral) contra ART y empleador, por ENFERMEDAD LAB NO LISTADA,( porque a la sistémica no la podía plantear por no estar la enfermedad cubierta por la LRT ,tiene trombosis). Es decir, pedí la integral porque no me quedo otra. Después cuento como me fue.

Si te sirve:

Para casos anteriores, yo pido acción sistémica, la aplicación de la LRT 24557 con los beneficios de la nueva 26773, inconstitucionalidades, intereses, gastos, honorarios, 20 % art 3 y Ripte. Y jurisp que aplica la nueva a esos casos anteriores.. Sala VII de la Cámara del fuero, optó por la aplicación de la Ley 26.773 para un accidente ocurrido con anterioridad a su entrada en vigencia.Pero esta vez adoptó otro temperamento para llegar a esa conclusión, ya que entendió que en la causa “STAL, FERNANDO SALVADOR C/ MAPFRE ARGENTINA A.R.T. S.A. operaba el principio de aplicación de la ley más benigna para el trabajador. Febrero 2014. No se de otro. Si alguien puede aportar mas datos.

O..., PEDI LA INTEGRAL, pero para el caso hipotético que no te hagan lugar, EN SUBSIDIO PLANTEA LA SISTEMICA, CON LOS BENEF DE LA NUEVA.
Obviamente será mas elevado el monto de reclamo, por ser integral la reparación, donde tendrás que estimar en pesos cada rubro: daño emerg, lucro cesante, daño moral, etc. Y usa los fallos que declaran competente a la just laboral en este tipo de accion fundada en normas del derecho civil, e intenta por todos los medios de probar los 3 tips de responsabilidad civil de las ART.
Y, uno más o menos intuye si podrá probar todo eso, o no.

Ojala te hay sido útil mi aporte. Suerte.
 #1063554  por Loneliness
 
Muchas gracias, muy interesante tu aporte y muy esclarecedor.
Realmente es mucha la diferencia entre los dos sistemas, quizá optaré por la reparacion integral con la reparacion de la LRT en subsidio. Voy a ponerme a estudiar el tema en profundidad, y luego vuelvo con mi conclusión
Muchas gracias!!