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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #1063617  por elisaestudio
 
Estimados: despido estoy por la actora esto es Pcia de Buenos Aires) la demandada presenta recibos (que se desconoció el contenido y firma) dice ser firmados por el actor, pide pericial , sortean perito "Juan Perez " ...Notifiquese....quièn debe hacer la cedula para notificarlo al perito actor o demandado .....hace 2 meses , yo que estoy por la actora no pedi esa prueba igual debería hacer la cedula.....de lo contrario veo que el demandado no hace nada?
 #1063636  por Herno
 
Quien solicita la prueba debe arbitrar los medios para su producción.
Saludos
 #1063687  por pepecurdele
 
mmmmmmmmmmm, en Pcia habitualmente a los peritos lo notifica el Tribunal, fijese bien si salio la cedula.
 #1063722  por elisaestudio
 
no, en el tribunal donde litigo lo notifica la parte , mi duda radica en que como siempre voy por el trabajador soy yo la que pide la prueba e intimo y notifico el perito, pero en este caso yo no pedi pericial , por eso pregunto quien debe notificarlo.-
 #1063853  por Herno
 
pepecurdele: coincido, pero y si el Tribunal de provincia no lo hace, que hago? me quedo esperando la carroza? no, tengo que presentar un escrito pidiéndolo, se notifique, se remueva, se intime, etc.

elisa: reitero, en ambos casos. No hablo de la notificación solamente, sino de aplicación de un principio general. A quien beneficia esa prueba? a quien la solicita se supone... entonces...
Herno escribió:Quien solicita la prueba debe arbitrar los medios para su producción.
Saludos
Saludos